Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/3/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XV - Ushuaia, Miércoles 15 de Marzo de 2006 - Nº 2116

ARTICULO 1- Designar en Planta Permanente - Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 105 - Hospital Regional Río Grande, a la señora Andrea Liliana MANEIRO, D.N.I. N 18.211.646, como agente categoría 21 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2. y de antecedentes penales extendido por el Registro Nacional de Reincidencia.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1.1.1.03.20.105.
ARTICULO 3- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COCCARO
Alejandro R. GUIDALEVICH
DECRETO N 825

08-03-06

ARTICULO 1- Reconocer y aprobar el gasto surgido como consecuencia de la extensión de una 1 orden de pasaje por el tramo ROSARIOBUENOS AIRES-USHUAIA-RÍO
GRANDE-BUENOS AIRES-ROSARIO, a favor del Licenciado en Servicio Social Osvaldo Agustín MARCON, entre los días 21 y 22
de octubre del año 2004, por la realización de la Jornada de Capacitación MENORES EN CONFLICTO
CON LA LEY. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria N 111 03 21 102 399 del ejercicio económico financiero 2005.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
Alejandro R. GUIDALEVICH
DECRETO N 826

tado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, registrado bajo el número 10895, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO N 827

08-03-06

ARTICULO 1- Reconocer y autorizar la excepción del Decreto Nacional N 8188/59 reglamentario del Capítulo XXVIII, artículo 114 de la Ley Nacional N 14.473 al docente Bonifacio VILTE Legajo N
14.550.862/04, por las licencias usufructuadas por afecciones de corto tratamiento, artículo 10, Inciso a y afecciones de largo tratamiento artículo 10, Inciso c ambas del Decreto Nacional N 3413/79, desde el tres 03 de agosto y hasta el seis 06 de noviembre de 2005.
ARTICULO 2- Notificar al interesado y comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

DECRETO N 829

08-03-06

VISTO el expediente N 013918EM/2005 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación; en el marco de las políticas del Consejo Federal de Cultura y Educación y de la aplicación de la Resolución C.F.C. y E.
N 217/04.
Que el citado Convenio Marco ha sido registrado bajo el número 10901;
resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, registrado bajo el N
10901, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
María I. CABRERA

08-03-06

VISTO el expediente N 001505EM/2006 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO
Que mediante el mismo tramita el Convenio celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación; con el objeto de transferir en calidad de préstamo de uso precario y gratuito un Equipamiento de Informática, para ser utilizado en las actividades de los Operativos Nacionales de Evaluación y los Relevamientos Anuales en el marco de la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa.
Que el citado Convenio ha sido registrado bajo el número 10895, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facul-

COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO N 828

08-03-06

ARTICULO 1- Reconocer y autorizar la excepción del Decreto Nacional N 8188/59 reglamentario del Capítulo XXVIII, artículo 114 de la Ley Nacional 14.473, del docente Erwin Darío LOMBERG legajo N
23.455.849/04, por usufructuar licencia por afecciones de corto tratamiento artículo 10, Inciso a del Decreto Nacional N 3413/79, desde el día diez 10 de noviembre y hasta el día diez 10 de diciembre de 2.005.
ARTICULO 2- Notificar al interesado y comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COCCARO
María I. CABRERA

DECRETO N 830

08-03-06

VISTO el expediente N 013917EM/2005 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación; con el objeto de implementar el Programa Nacional de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos.
Que el citado Convenio Marco ha sido registrado bajo el número 10900;
resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135
de la Constitución Provincial.

Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, registrado bajo el N
10900, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO N 831

08-03-06

ARTICULO 1- Cancelar la Factura B N 0001-00000970 presentada por CASA RAMÓN OVIEDO-SERVICIO DE SEPELIOS S.A. por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS $ 3.500 en concepto de preparación del cuerpo de quien en vida fuera Mariano Oscar AMARILLA, DNI N 33.224.005 para su posterior traslado a la ciudad de Ushuaia y Provincia de Formosa.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria: 111 03 21 102 514 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
Alejandro R. GUIDALEVICH
DECRETO N 832

08-03-06

VISTO el expediente N 1259/04 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que el mismo tramitó la delegación de competencia para otorgar subsidios a personas en situación de vulnerabilidad y riesgo social, consistente en adquisición de bienes y servicios hasta el importe de PESOS
DOS MIL $ 2.000,00.
Que a través del Ministerio de Desarrollo Social se ejecutan acciones de asistencia directa en tal sentido.
Que es objetivo primordial del Poder Ejecutivo brindar ayuda económica, a través de bienes y servicios a quienes se encuentran en la situación descripta.
Que mediante Decreto Provincial N
1139/04 se delegó en el Ministerio de Desarrollo Social dicha competencia.
Que a fs. 12 y 13 el señor Ministro de Salud a cargo del Ministerio de Desarrollo Social solicita autorización para delegar la mencionada compe-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/3/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data15/03/2006

Conteggio pagine35

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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