Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/3/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XI - Ushuaia, Viernes 22 de Marzo de 2002 - Nº 1518

go, Antártida e Islas del Atlántico Sur Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art. 10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art.
12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- INTIMAR a la razón social FREGOSINI HNOS.
S.R.L. a presentar dentro de las setenta y dos 72 horas de haber sido notificado de la presente, la documentación que demuestre fehacientemente que ha hecho efectivo el pago de los aportes a la Seguridad Social correspondientes al período en cuestión.
ARTICULO 4º- NOTIFICAR a la sancionada que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5
días de notificada esta, en los términos del art. 10 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 5º- OFICIAR a la A.F.I.P.
ARTICULO 6º- NOTIFICAR a la sancionada. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 321

08-08-01

ARTICULO 1º- SANCIONAR a la razón social ALVARO JUVENAL
ESPAÑA PEREZ, con MULTA
de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO $ 675,00 equivalente a CINCO 5 unidades según el valor unitario establecido por la Resolución S.T. y J. Nº 077/95, modificada por Decreto 1.947/99, por infracción a los arts. 10 y 20 del Decreto 911/96 y art. 15 inciso B acápite 3
de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 2º- INTIMAR a la razón social ALVARO JUVENAL
ESPAÑA PEREZ, a depositar la MULTA en el BANCO DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art. 10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art. 12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- NOTIFICAR a la sancionada que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5
días de notificada esta, en los términos del art. 10 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 4º- GIRAR las actuaciones a la Dirección de Relaciones del Trabajo Ushuaia, a fin de que por intermedio de la División de Higiene y Seguridad en el Trabajo realice la pertinente verificación del cumplimiento de las normas.

ARTICULO 5º- NOTIFICAR a la sancionada. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 322

08-08-01

ARTICULO 1º- HOMOLOGAR
PARCIALMENTE el acuerdo suscripto en el marco del expediente de referencia, y en lo que se refiere específicamente a la cláusula 1º a y 1º b.
ARTICULO 2º- NO HOMOLOGAR las cláusulas 2º y 3º por los motivos expuestos supra.
ARTICULO 3º- INFORMAR a las partes, que en caso de pretender la homologación de los ítems imcompatibles a esta Subsecretaria de Trabajo, deberán hacer la presentación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos.
ARTICULO 4º- NOTIFICAR a los signatarios. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 323

09-08-01

ARTICULO 1º- SANCIONAR a la firma LA ESTACION S.A., con MULTA de PESOS UN MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA
$ 1.350,00 equivalente a DIEZ 10
unidades según el valor establecido por la Resolución S.T. y J. Nº 077/
95, modificada por Decreto 1.947, por infracción a los arts. 122º y 128º de la Ley 20.744.
ARTICULO 2º- INTIMAR a la firma LA ESTACION S.A., a depositar la MULTA en el BANCO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art.
10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art. 12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- INTIMAR a la sancionada a presentar ante la Dirección de Relaciones del Trabajo de Río Grande, sita en Obligado Nº 750, en un plazo de CINCO 5 días contados a partir de la notificación de la presente, los recibos de haberes correspondientes, que acrediten la regularización de la falta enrostrada.
ARTICULO 4º- NOTIFICAR a la sancionada que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5
días de notificada esta, en los términos del art. 10 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 5º- NOTIFICAR a la firma sancionada. Dar al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
CARRERA

RESOL. Nº 324
09-08-01
ARTICULO 1º- SANCIONAR a la firma DISTRIBUIDORA SANTA
ANA S.A., con una MULTA de PESOS QUINIENTOS CUARENTA
$ 540,00 equivalente a CUATRO
4 unidades según el valor unitario establecido por la Resolución S.T. y J.
Nº 077/95, modificada por Decreto 1.947/99, por infracción a los arts. 122º y 128º de la Ley 20.744.
ARTICULO 2º- INTIMAR a la firma DISTRIBUIDORA SANTA
ANA S.A., a depositar la MULTA
en el BANCO DE LA PROVINCIA
DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art. 10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art.
12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- INTIMAR a la sancionada para que en un plazo de CINCO 5 días contados a partir de su notificación, presente ante la Dirección de Relaciones del Trabajo de Río Grande, sita en Obligado 750, la documentación que le resulta exigible conforme su condición de empleador.
ARTICULO 4º- NOTIFICAR a la sancionada que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5
días de notificada esta, en los términos del art. 10 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 5º- NOTIFICAR a la firma sancionada. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 325

09-08-01

ARTICULO 1º- HOMOLOGAR el acuerdo suscripto en el marco del expediente de referencia.
ARTICULO 2º- NOTIFICAR a los signatarios. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 326

09-08-01

ARTICULO 1º- HOMOLOGAR el acuerdo suscripto en el marco del expediente de referencia.
ARTICULO 2º- NOTIFICAR a los signatarios. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 327

09-08-01

ARTICULO 1º- SANCIONAR al arquitecto LUIS HECTOR VAL, con una MULTA de PESOS QUINIENTOS CUARENTA $ 540,00
equivalente a CUATRO 4 unidades según el valor establecido por la Resolución S.T. y J. Nº 077/95, mo-

dificada por Decreto 1.947/99, por infracción al art. 3º de la Ley 224.557;
art. 1º de la Resol. S.R.T. 51/97; Resol. S.R.T. 35/98; Dcto. 1338/96; art.
10º y 20º del Dcto. 911/96 y Dcto.
1567/74.
ARTICULO 2º- INTIMAR al arquitecto LUIS HECTOR VAL a depositar la MULTA en el BANCO DE
LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art. 10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art. 12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- INTIMAR a la sancionada para que en un plazo de cinco 5 días contados a partir de su notificación, presente ante la Dirección de Relaciones del Trabajo de Río Grande, sita en Fadul 129 Ushuaia, la documentación que le resulta exigible conforme su condición de empleador.
ARTICULO 4º- NOTIFICAR al sancionado que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5 días de notificada esta, en los términos del art.
10 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 5º- NOTIFICAR al sancionado. Dése al Boletín Oficial.
Cumplido, archívese.
CARRERA
RESOL. Nº 328

09-08-01

ARTICULO 1º- SANCIONAR a ASOCIACION CIVIL SIN FINES
DE LUCRO COLEGIO DEL
SUR, con una MULTA de PESOS UN MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA $ 1.350,00 equivalente a DIEZ 10 unidades según el valor unitario establecido por la Resolución S.T. y J. Nº 077/95, modificada por Decreto 1.947/99, por infracción a los arts. 128 y 140 de la Ley de la Ley 20.744.
ARTICULO 2º- INTIMAR a la ASOCIACION CIVIL SIN FINES
DE LUCRO COLEGIO DEL
SUR a depositar la MULTA en el BANCO DE LA PROVINCIA DE
TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
Cuenta Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia -MultasNº 1710288/
7, dentro de los cinco 5 días de notificado, y acreditar en el expediente con copia de boleta de depósito art. 10 y 14 de la Ley Provincial Nº 90, bajo apercibimiento de promover la acción de apremio prevista en el art. 12 de la Ley Provincial Nº 90.
ARTICULO 3º- NOTIFICAR a la sancionada que contra la Resolución recaída, podrá interponer recurso de apelación por ante la Justicia Ordinaria Laboral, dentro de los CINCO 5
días de notificada esta, en los términos

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/3/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data22/03/2002

Conteggio pagine23

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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