Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 17/1/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia
Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 7
BOPS
Lunes, 17 de enero de 2022
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AYUNTAMIENTO DE CANTALEJO
ANUNCIO VACANTE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DE CANTALEJO
D. Javier de Lucas Sanz, Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, HAGO SABER: Que está vacante el cargo de Juez de Paz sustituto de Cantalejo.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7
de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http cantalejo.sedelectronica.es.
Requisitos:
- Ser español
- Ser mayor de edad
-N
o estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para desempeñar dicho cargo, reguladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 389 a 397.
- Residir en el municipio.
Documentación:
1.- Instancia.
2.- Declaración responsable de no estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad conforme a los artículos 303 y 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni de pertenecer ni trabajar en partido político o sindicato, prohibición expresa del artículo 23 del Reglamento de Jueces de Paz de 7 de junio de 1995.
3.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.