Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
socio sea titular al momento de la decisión. Asimismo en las referidas actas se ha modificado la clausula concerniente a la Administración Social y uso de la firma, quedando redactada en delante de la siguiente manera: SEXTO: Administración y Representación Social: La administración y representación social y uso de la firma social estará a cargo de un gerente, el que serán designado por reunión de socios y por plazo indeterminado y conforme las mayorías establecidas por el Art.160, 6 párrafo de la LSC, igual que para la remoción. El gerente con su firma puede obligar a la sociedad y a titulo ejemplificativo se determina que las facultades que posee son las siguientes: a Ejercer la representación legal de la sociedad; b Resolver a cerca de todos los intereses de la sociedad y autorizar cualquier acto relativo a sus operaciones; c Administrar libremente todos los negocios y bienes de la sociedad con amplias facultades para comprar, vender, ceder, permutar, endosar, contratar locación y servicios, constituir sociedades dar y tomar dinero prestado con o sin garantías hipotecarias o prendarias, solicitar préstamos y créditos en bancos nacionales, provinciales y privados y/o entidades financieras, pudiendo abrir cuentas corrientes, hacer manifestaciones de bienes, emitir, aceptar, endosar y avalar letras de cambio, vales, pagares, cheques y otros papeles de comercio, acordar garantías que le fueran requeridas para las operaciones derivadas del giro de los negocios, formalizar contratos de seguros, aceptar mandatos y representaciones de terceros, estar en juicio como actora, demandada o tercerista, comprometer en arbitros, hacer remisiones, quitas, novaciones de deudas, querellas y denuncias, conferir poderes generales especiales para juicios o administrativos y revocarlos, en definitiva todos aquellos actos relacionados directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, incluso aquellos para los cuales la ley requiera poder especial conformar Art. 1881 del Código Civil; d Representar a la sociedad ante la Cámara Inmobiliaria y de la Construcción de la Provincia y/o cualquier otra vinculada al objeto social, estando facultado para la realización de cualquier trámite por ante los mismos.
Para las operaciones con garantía prendaria o hipotecaria que involucren bienes de la sociedad, deberán requerir las conformidades que determinan el Art. 7 del presente contrato.
En la Reunión de Socios indicada se resuelve designa al Sr. Diego Leonardo Ruiz García, CUIT 20270422193-9 como Gerente Social.- San Juan, 29 de Mayo de 2018. Fdo: Dra. María Josefina Lucero S., Firma Autorizada. Registro Público de Comercio, San Juan.N 61.011 Junio 05. $ 740.-

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PO SESIÓ N VEIN TEAÑ AL
EDICTO
Segundo Juzgado de Familia, en autos N 3977/C, "BECERRA, GREGORIO SEGUNDO - S/Prescripción Adquisitiva Veinteañal Reconstruido, cita y emplaza al Sr. GREGORIO BECERRA y/o sus herederos y/o cualquier otra persona que tenga un interés legitimo sobre el inmueble sito en calle Rawson N 1.150/1.134,Villa Aberastain, Pocito, San Juan, identificado con nomenclatura catastral N 05-44-730780, con inscripción dominal N 245, Tomo I, Folio 159, Año 1908, Pocito, San Juan, que linda y mide s/mensura NORTE: Calle Rawson, Ptos. 1-2, mide 20,63 m; SUR: Con parcela 05-44-690770, Ptos. 3-4, mide 20,55 m; ESTE: Parcela 05-44-730790, Ptos. 2-3, mide 51,34 m y OESTE: Parcela 05/44/740760 y 05-44-725755, Ptos. 1-4, mide 51,45 m; Superficie s/mensura 1.058,16 m2, todo según plano de mensura 05-6057/13, para que en el término de cinco 5 días comparezcan y hagan valer sus derechos, bajo apercibimientos de dar intervención en su nombre al Defensor Oficial de Ausentes, pudiendo tomarse la incomparencia como presunción de la procedencia de la acción Art.145, 146 y 679 del C.P.C..
Publíquense edictos por el término de tres 3 días en el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación de la Provincia.- San Juan, 1 de Junio de 2018. Dr. Fernando Pezzoti, Secretario.-

N 60.989 Junio 04/06. $ 480.-

SUCESORIOS
EDICTO
Octavo Juzgado Civil, Comercial y Minería de San Juan, cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de WALTER FLORENTINO
GAHONA y de NELLY TECHERA, en autos Nº 166.127, caratulados "GAHONA, WALTER
FLORENTINO Y TECHERA, NELLY - S/Sucesorio". Hágase saber que sólo se incluirán en la declaratoria de herederos a los titulares de la vocación hereditaria que, además de justificar el vínculo con el causante, acepten la herencia en forma expresa o se acredite en autos que ha existido aceptación tácita de la misma, conforme Art. 2294 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ello sin perjuicio del derecho que asiste a los coherederos y acreedores de hacer uso de la facultad que le otorga el Art. 2289 del mismo cuerpo legal. Publíquese por tres días en Boletín Oficial y en un diario local.- San Juan, 17 de Mayo de 2018. Alejandra Morales, Jefe de Despacho.N 60.959 Junio 01/05. $ 60.-

San Juan, Martes 5 de Junio de 2018

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/6/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaeseArgentina

Data05/06/2018

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1785

Prima edizione17/05/2016

Ultima edizione22/07/2024

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