Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
MATRICULACIÓN
Vieyra Mercado, Renzo Hugo, DNI: 32.353.275, según Ley 149 A solicita matriculación a Honorable Consejo Profesional de Martilleros Públicos y Corredores de San Juan.Nº 49.288 Septiembre 13-20-27. $ 60.-

Desde el 01/06/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en cinco 5. Desde el 01/07/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en seis 6. Desde el 01/08/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en siete 7. Desde el 01/09/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en ocho 8. Desde el 01/10/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en nueve 9.-

Desde el 01/05/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en cuatro 4.-

ARTÍCULO SEGUNDO: Aquellos vehículos que ya cuenten con la R.T.O. deberán concurrir en la fecha de su vencimiento.ARTÍCULO TERCERO: Los vehículos afectados al transporte de personas por Ley 814-A, seguirán siendo regidos por las disposiciones especiales dictadas por la Subsecretaría de Tránsito y Transporte.ARTÍCULO CUARTO: ESTABLÉCESE que los talleres habilitados actualmente en la provincia son:
- TECNITRANS SAN JUAN S.R.L., con domicilio en Ruta 40, Lateral Este, entre calle 5 y 9, Rawson, San Juan.
- CONTROL VEHICULAR SAN JUAN de Natalia Carolina Miranda, con domicilio en Ruta 20 s/n, Santa Lucía, San Juan.
- TV RHEINLAND ARGENTINA S.A., con domicilio en calle Córdoba 1375 Oeste, Capital, San Juan.- VERIFICACIÓN TÉCNICA SAN JUAN
S.R.L., con domicilio en calle Mendoza 1155
Sur, Capital, San Juan.ARTÍCULO QUINTO: DÉJASE sin efecto el artículo 2º de la Resolución N 52-DTT-ll y las Resoluciones N 508-DTT-l1, N 679-DTT-l1, N 1531-DTT-l1 y N 1116-DTT-15.ARTÍCULO SEXTO: MODIFÍQUESE los artículos 6º de la Resolución N 1718-DTT-14 y artículo 4 de la Resolución N 1115-DTT-15, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
"DEL CANON: a partir de la notificación de la presente los T.R.T.O. habilitados, deberán depositar semanalmente, el 15% de la recaudación bruta, deduciendo el IVA y el valor de cada Oblea, por cada servicio realizado a vehículo de jurisdicción local, dicho importe deberá ser depositado en la cuenta que esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte determine y acompañar ante esta Subsecretaría la constancia de depósito y el detalle de los servicios prestados. No
San Juan, Martes 27 de Septiembre de 2016

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R E S OLUC IONE S
LA SUBSECRETARÍA DE
TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESOLUCIÓN N 1629-STT-2016
San Juan, 22 DE JULIO DE 2016.VISTOS:
Lo normado por Resoluciones N 52-DTT-ll, N
508-DTT-l l, N 679-DTT-l l y N 1531-DTT-l l; y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 52-DTT-l1, la Dirección de Tránsito y Transporte estableció que todo vehículo de uso particular deberá concurrir a los respectivos talleres de Revisión Técnica Obligatoria autorizados en la provincia a los efectos de realizar la Verificación Técnica.
Que por Resoluciones N 508-DTT-l1 y N 679-DTTl1 se dispuso prorrogar los cronogramas establecidos en la Resolución N 52-DTT-l1.Que por Resolución N 1531-DTT-l l se dispuso suspender la exigencia de la Revisión Técnica Obligatoria en la Provincia dado que la misma no contaba con la infraestructura necesaria y suficiente para garantizar una prestación normal del servicio.Que actualmente se encuentran habilitados cuatro Talleres de Revisión Técnica en la Provincia, por lo que el servicio se encontraría garantizado atento a la cantidad de vehículos que conforman el parque móvil en la Provincia.POR ELLO:
LA SUBSECRETARÍA DE
TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFÍCASE el Artículo 1 de la Resolución N 52-DTT-ll, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º: DISPÓNESE que la Revisión Técnica Obligatoria R.T.O.
será exigible y obligatoria conforme el siguiente cronograma:
Desde el 01/10/2016, todo vehículo particular cuyo dominio termine en cero 0. Desde el 01/12/2016, todo vehículo particular cuyo dominio termine en uno 1. Desde el 01/03/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en dos 2. Desde el 01/04/2017, todo vehículo particular cuyo dominio termine en tres 3.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 27/9/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaeseArgentina

Data27/09/2016

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1765

Prima edizione17/05/2016

Ultima edizione18/06/2024

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