Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 16/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 6

BOLETIN OFICIAL

Que la mentada Ley designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo a fin de extender las habilitaciones para las excepciones que la misma establece.
Que la Ley Orgánica de Ministerios 3102 establece una nueva organización ministerial, quedando suprimido el ministerio mencionado y, en razón de los Artículos 15 y 16 el Ministerio de Ciudadanía resulta competente para ejercer la función de autoridad de aplicación de la Ley 2833.
Que, en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 273, inciso m de la Constitución de la Provincia del Neuquén es atribución de los municipios celebrar acuerdos con la Provincia, el Gobierno Federal u organismos descentralizados para el ejercicio coordinado de facultades concurrentes e intereses comunes.
Que para poder llevar adelante lo establecido en el Artículo 4 de la Ley 2833, resulta necesario que los municipios coadyuven a la recepción de los pedidos de habilitación para el uso de la pirotecnia en celebraciones de interés general.
Que es menester que los gobiernos municipales articulen con la autoridad de aplicación lo necesario a fin de instrumentar lo establecido por la referida norma, dando lugar al presente acuerdo de colaboración.
Primera: El Municipio de__________, mediante la autoridad local que este determine, se compromete a recibir el pedido de habilitación para uso de elementos de pirotecnia en celebraciones de interés general, previsto en el Artículo 4 de la Ley 2833, en las condiciones dispuestas en el Artículo 4 de su Decreto reglamentario.
Una vez recibido el pedido, deberá realizar un informe en el cual obre un relevamiento del lugar donde se va a realizar el evento y cualquier cuestión que considere pertinente informar a la autoridad de aplicación.
Asimismo, deberá remitir la solicitud, junto con la documentación requerida y el informe mencionado en el primer párrafo, a la Subsecretaría de Defensa Civil y Protección Ciudadana del Ministerio de Ciudadanía u organismo que en el futuro lo reemplace.
Segunda: La Subsecretaría Defensa Civil del Ministerio de Ciudadanía se compromete a recibir
Neuquén, 16 de Noviembre de 2018

las solicitudes remitidas por la autoridad local en tiempo y forma y evaluar el cumplimiento de los requisitos que establece la Ley a fin de emitir la norma que autorice o rechace la habilitación peticionada.
Una vez emitida la norma, dicho organismo deberá notificar a la autoridad local la autorización o rechazo de la habilitación, a través de los referentes y/o medios de comunicación que se establecen en la cláusula quinta del presente convenio.
Tercera: La autoridad local deberá, en el marco del plan de actuación ante la emergencia, informar a la autoridad de aplicación cuál es el organismo encargado de la disposición final del material pirotécnico y los residuos una vez finalizado el evento.
Cuarta: Las partes se comprometen a cumplir con las obligaciones asumidas de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente convenio.
Quinta: Las partes acuerdan designar referentes que actuarán como nexo en el desarrollo del presente convenio e instituyen, a fin de agilizar las comunicaciones, la casilla de email oficial _____.
Sexta: En caso de plantearse dudas, controversias o alguna cuestión litigiosa, en la aplicación, ejecución o interpretación del presente convenio, las partes acuerdan someterse exclusivamente al fuero procesal administrativo de la Provincia del Neuquén, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. A tales efectos, constituyen domicilio legal en los ut supra mencionados, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales. ----------------------------------.
En la ciudad de Neuquén, a los ____ días del mes de ______ de _____, se firman dos ejemplares a un mismo fin y efecto.

DECRETOS SINTETIZADOS
AÑO 2018
1948 - Autoriza y aprueba la contratación de locación de un inmueble, sito en calle Colón N
338 de la ciudad de Neuquén, donde funcionará el Centro Educativo Provincial Integral N 1, dependiente del Consejo Provincial de Educación

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 16/11/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data16/11/2018

Conteggio pagine48

Numero di edizioni1323

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione30/07/2024

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