Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 64

BOLETIN OFICIAL

En mi carácter de Vicepresidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo del Neuquén, sito en calle Félix San Martín y Carmen de Patagones de esta ciudad, hago saber por este medio que se ha dictado la Resolución que en lo pertinente se transcribe: Resolución Nº 1243/18. Neuquén, 15 de agosto de 2018
- Visto: El Expediente 5841-017642/2015, Considerando: Artículo 1º: Declárse la caducidad de la adjudicación conferida medíante Acta de fecha 11 de enero de 1999, a favor Sres. Alejandro Manuel Neira, DNI Nº 26.458.980 y de la Sra. Laura María Azucena Rozas, DNI Nº 24.659.645, respecto a la unidad habitacional identificada como: Manzana H actual Manzana 03 Lote 04 - Casa 04 del Plan I Etapa Cuenca XV de la ciudad de Neuquén Capital - Nomenclatura Catastral Nº 09-21-051-0017-0000, por falta de ocupación y pago. Fdo. Ricardo Walter Fernández.


En mi carácter de Vicepresidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo del Neuquén, sito en calle Félix San Martín y Carmen de Patagones de esta ciudad, hago saber por este medio que se ha dictado la Resolución que en lo pertinente se transcribe:
Resolución Nº 1321/18. Neuquén, 29 de agosto de 2018 - Visto: El Expediente 5841-002008/2012, Considerando: Artículo 1º: Declárase la caducidad de la adjudicación conferida por Resolución Nº 0669/88 a favor del Sr. José Rodolfo Abarzúa, DNI Nº 18.628.234
y de la Sra. María Celestina Antiñir, DNI Nº 16.194.162
Inscripto Nº 92539, respecto a la unidad habitacional identificada como: Manzana 47 - Dúplex 06 del Barrio San Lorenzo de la ciudad de Neuquén Capital - Nomenclatura Catastral Nº 09-21-069-5183-0000, por falta de ocupación y pago. Fdo. Ricardo Walter Fernández.
1p 05-10-18
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Testimonio Acuerdo 5744. 19 de septiembre de 2018. 15. Tribunal Superior de Justicia sobre Dependencia Jerárquica de la Subdirección de Infraestructura. Visto: El Acuerdo 5700, Punto 22, medíante el cual se dispuso establecer la dependencia jerárquica de la Subdirección de Infraestructura Judicial de la Secretaría de Superintendencia y el Acuerdo 5709, Punto 24
por el cual se aprobó la estructura organizativa de la Secretaría de Superintendencia, y Considerando: Que en atención a la fuerte restricción financiera imperante, la que resulta de público y notorio conocimiento,
Neuquén, 05 de Octubre de 2018

impone a este Tribunal a redefinir lo decidido en su oportunidad, ordenando que la Subdirección de Infraestructura Judicial continúe ejerciendo plenamente las competencias asignadas y detalladas en el Reglamento de la Administración General, volviendo a mantener con ella una dependencia orgánica y funcional, a los fines de mantener una unidad de control en la planificación financiera y contable en cabeza de los titulares de la Administración General y de la Dirección General de Administración. Que la reasignación de su dependencia Orgánico y Funcional con la Administración General no alcanzará a los proyectos estructurales y relevantes que impacten decididamente en las funcionalidades de los organismos judiciales, conforme con los criterios y prioridades establecidas por el TSJ, para los cuales el titular de la Subdirección de Infraestructura Judicial deberá ponerlos directamente en conocimiento y decisión del Alto Cuerpo, a través de la Secretaría de Superintendencia.
Sin perjuicio del trabajo en conjunto de la Administración General, la Subdirección de Infraestructura y la Secretaría de Superintendencia, para cumplir con la política institucional que establezca el Tribunal. Que las razones organizativas expresadas motivan a este Cuerpo a dejar sin efecto lo resuelto oportunamente medíante Acuerdo 5700, Punto 22 y a redefinir el Reglamento de la Secretaría de Superintendencia a los fines descriptos precedentemente. Por ello, luego de un intercambio de opiniones, de conformidad fiscal, se Resuelve: 1 Dejar sin efecto lo resuelto por Acuerdo 5700, Punto 22, y en consecuencia, establecer que la Subdirección de Infraestructura Judicial dependa orgánica y funcionalmente de la Administración General, conforme a las competencias materialmente asignadas en el Reglamento de la Administración General. 2 Modificar el Art. 7 del Reglamento de la Secretaría de Superintendencia, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 7: Dependen de la Secretaría de Superintendencia los siguientes organismos: Subsecretaría de Planificación, Dirección General de Informática, Oficina de Comunicación, Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia, Unidad de servicios periciales y el Servicio de Medíación Familiar. La Subdirección de Infraestructura Judicial, Órgano Técnico de la Administración General, deberá poner directamente en conocimiento de la Secretaría de Superintendencia de todos los proyectos relevantes que impliquen modificaciones y/o alteraciones de las funcionalidades de los organismos judiciales, conforme a las prioridades y criterios que establezca el Tribunal Superior de Justicia, a los fines de su evaluación y posterior autorización, manteniendo la línea jerárquica y orgánica reglamentariamente prevista para el resto del ejercicio de sus competencias. La modificación reglamentaria entrará en vigencia una vez publicada en el Boletín Oficial y regirá para todos los actos desde la fecha del presente Acuerdo. 3 Publíquese en el Boletín Oficial.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 5/10/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data05/10/2018

Conteggio pagine76

Numero di edizioni1318

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione08/07/2024

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