Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 7/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

DECRETOS DE LA PROVINCIA
DECRETO N 1334/16
Neuquén, 26 de septiembre de 2016.
VISTO:
El Expediente Nº 7070-000215/2016 del registro de la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Cultura del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que desde el ámbito cultural, uno de los objetivos estratégicos provinciales consiste en instituir ejes de acción que interactúen en el conjunto de las comunidades de la Provincia del Neuquén, a través de sus propias producciones culturales y los modos en que éstas se insertan y participan en la vida de los neuquinos;
Que a partir de ello se generan múltiples acciones destinadas tanto a difundir, cuidar y valorar el patrimonio cultural tangible e intangible, como a fomentar el desarrollo de las artes;
Que el hecho de concebir la cultura como un bien público y como un derecho de los ciudadanos, nos exige escuchar todas las voces y recoger las propuestas de aquellos que representan diversos sectores de la vida cultural provincial, que desde sus propias representaciones, intereses y necesidades, contribuyen decisivamente a la construcción cultural de la Provincia;
Que el fortalecimiento del desarrollo cultural provincial se traduce también en el apoyo que debemos brindar a los artistas locales, a fin que participen en actividades o eventos relevantes para la vida social e identidad local de las comunidades, colaborando activamente con su rescate y fortalecimiento y promoviendo expresiones artísticas que tomen como referencia las culturas de cada lugar de nuestra Provincia;
Que en pos de esos objetivos resulta necesario contratar artistas locales para implementar los diferentes programas culturales, y para ello es indispensable abordar un marco normativo excepcional a las previsiones establecidas en la Ley de Administración Financiera y Control 2141 y sus reglamentaciones;
Que en la actualidad, un artista difícilmente pueda vivir sólo de su producción artística, razón
Neuquén, 07 de Octubre de 2016

por la cual recurre generalmente a la enseñanza o a las becas u otras alternativas laborales, siendo imprescindible a esos efectos, armar una red compleja que le reditúe en reconocimiento y legitimidad en su rol cultural;
Que el plexo normativo actual imposibilita a la Provincia, la contratación de artistas locales músicos, actores, artistas plásticos, entre otros que fueran requeridos para prestar servicios con fines culturales, cuando éstos trabajen en relación de dependencia para el Estado Provincial;
Que resulta necesario adecuar el régimen legal vigente, reconociendo estas particularidades y reforzando la protección de sus derechos como trabajadores de la cultura;
Que es dable destacar que para la ejecución de los programas y metas culturales, se vuelve ineludible contar con profesionales, cuyos perfiles y especialidad en su arte y saber son únicos, reduciéndose en consecuencia la oferta a su mínima expresión, al sumar la limitante de no poder contratar artistas que sean agentes estatales;
Que se considera artista a quien represente un papel, cante, recite, declame, interprete, exhiba o ejecute en cualquier forma una obra artística o la dirija, en vivo para su exhibición pública;
Que se entiende por espectáculo, toda función o exposición pública que tiene lugar en un espacio donde se congrega el público para presenciarla, quedando excluidas todas las acciones de capacitación o perfeccionamiento cultural;
Que existen antecedentes en los Decretos Nº 1688/10 y Nº 0981/13 que contemplan excepciones para contratar docentes en el marco de determinados programas y proyectos;
Que por todo lo expuesto, resulta necesario establecer que aquellos artistas que sean agentes provinciales, cuyos servicios se requieran en eventos con fines culturales, no se encuentren alcanzados por la prohibición del Artículo 88, inciso a, debiendo destacar que las Disposiciones N
78/05, Nº 62/09 y Nº 09/14, habilitan su inscripción como proveedores del Estado Provincial, con un código de registración contable excepcional;
Que se han expedido favorablemente la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Que corresponde emitir la Norma Legal pertinente;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 7/10/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data07/10/2016

Conteggio pagine44

Numero di edizioni1317

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione05/07/2024

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