Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 9/11/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

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BOLETIN OFICIAL

micilio especial a los efectos del art. 256 de la ley 19550 en la sucursal Bahía Blanca, calle San Martín número 171, Piso Cuarto, y suscriben la presente en prueba de aceptación. Como consecuencia de lo expuesto, el señor García Suárez propone la reforma del Artículo quinto del estatuto social conforme el texto sugerido, copia del cual se entrega a los socios para su lectura. Luego de leído y de un breve intercambio de opiniones se aprueba por unanimidad dejar redactado el artículo quinto de la siguiente forma: Artículo Quinto:
Administración y Representación: La administración social estará a cargo de uno o más socios con el cargo de gerentes, quienes tendrán el uso de la firma social en forma indistinta. Representarán indistintamente a la sociedad en todos los negocios y actividades que corresponden al objeto social, sin limitación de sus facultades, en la medida que tales actos atiendan al cumplimiento de los fines sociales. Les queda prohibido comprometer a la sociedad, en actos extraños al objeto social.
Los gerentes tendrán un mandato de cinco 5
ejercicios, pudiendo ser reelegidos y ser removidos con el voto de las tres cuartas partes del capital social en reunión de socios convocada al efecto artículo 160 Ley de Sociedades Comerciales.
Los gerentes tienen todas las facultades para administrar, para los actos de disposición de bienes de uso afectados al fondo de explotación de la sociedad, inclusive aquellos actos para los cuales la ley requiere poderes especiales, conforme el artículo mil ochocientos ochenta y uno del Código Civil y el artículo nueve del Decreto cinco mil novecientos sesenta y cinco del año mil novecientos sesenta y tres, pudiendo consecuentemente, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con el Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario Nacional, Banco de la Provincia de Buenos Aires y demás instituciones de crédito, oficiales y privadas; establecer agencias, sucursales y cualquier otra forma de representación, dentro o fuera del país, inclusive la de poder querellar criminalmente, o las extrajudiciales con el objeto y alcance que juzguen conveniente. Sin perjuicio de lo detallado, para los actos de disposición y afectación a gravámenes o restricciones sobre los bienes de la sociedad, será necesaria la firma conjunta de todos los gerentes. Se pasa a considerar el cuarto punto del or-

Neuquén, 09 de Noviembre de 2012

den del día. Toma la palabra la Sra. Mónica García Suárez y propone que se eleve a escritura pública el presente acta, a efectos de su inscripción ante el Organismo de Contralor de la Provincia del Neuquén, como asimismo se designe a la Escribana Silvia A. Suárez Bras a efectos de formalizar la protocolización de la presente y realizar por sí o por medio quien ella designe, la inscripción correspondiente. La propuesta es aprobada por unanimidad. Acto seguido, se pasa a considerar el quinto punto del orden del día. Toma la palabra el señor Esteban Vaquero Vazzana y propone al señor José Ramón García Suárez para que suscriba la escritura de protocolización. La propuesta es aceptada por unanimidad. Y, no siendo para más, firman todos los socios, haciéndolo los gerentes, además, en prueba de aceptación de sus cargos, dando por concluida la reunión siendo la hora trece del día de la fecha. Hay cinco firmas ilegibles. Es transcripción fiel del documento referenciado, que corresponde, tal lo expresado al comienzo, al Acta de Reunión de Socios número 82, de fecha 29 de marzo de 2012, pasada a los folios 109, 110, 111 y 112 del Libro de Actas número 1 perteneciente a la sociedad mencionada, inscripto en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería número Uno a cargo del Registro Público de Comercio de Neuquén, con asiento en la misma ciudad, bajo el número 338, Folio 1.810/1.827, Tomo IX
Año 1997, con fecha 30 de diciembre de 1997.
Atestaciones Notariales: Yo la autorizante dejo expresa constancia: Existencia y Representacion de la Sociedad: a Constitución de Sociedad: Instrumentada mediante escritura pasada ante el escribano local, Alejandro Elio Albarracín, con fecha 26
de agosto de 1997, bajo escritura número 313, al folio 951 de su Registro. b Rectificatoria, instrumentada ante el mismo escribano Alejandro Elio Albarración, con fecha 31 de octubre de 1997, mediante escritura número 406, al folio 1.238 de su Registro. Ambas escrituras, que en sus originales debidamente legalizados tengo a la vista y en fotocopias autenticadas corren agregadas al folio 1.673 del Protocolo del año 2009 de este Registro, fueron inscriptas en el Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén, con asiento en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería número Uno, con fecha 10
de diciembre de 1997, bajo el número 338, Folio

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 9/11/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data09/11/2012

Conteggio pagine62

Numero di edizioni1323

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione30/07/2024

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