Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/8/2012

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

LEYES DE LA PROVINCIA
ley Nº 2809
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
Ley:
Artículo 1º: La presente Ley tiene por objeto garantizar el derecho de los crianceros a transitar libremente con sus animales y contar con los lugares de descanso necesario durante el proceso de trashumancia.
Artículo 2: A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente, resérvanse los tramos de la antigua Ruta provincial 43
comprendidos entre el paraje: La Vega del Tero -en el Departamento Chos Malaly el cruce con el paraje Cura Mallín -en el Departamento Minas-, de acuerdo al detalle de mapas que forma parte de la presente Ley.
Artículo 3: Resérvanse los tramos liberados de la actual traza de la Ruta provincial 43 comprendidos entre el paraje La Primavera y el paraje Camalón -en el Departamento Minas-, debido a la construcción de la nueva traza de la ruta mencionada, de acuerdo al detalle de mapas que forman parte de la presente Ley.
Artículo 4: Destínanse esos tramos de ruta como callejones de arreo cuya función prioritaria es el libre tránsito de la hacienda desde la invernada a la veranada y desde la veranada a la invernada.
No obstante ello, podrá ser destinado al uso complementario o compatible con la actividad caprina.
Artículo 5: La autoridad de aplicación de la presente Ley y sus normas reglamentarias será el Ministerio de Desarrollo Territorial o el organismo que lo reemplace.
Artículo 6º: La autoridad de aplicación coordinará con los organismos competentes y con los productores involucrados, la implementación de acciones tendientes al cerrado y mantenimiento
Neuquén, 24 de Agosto de 2012

de estos callejones de arreo y a las construcciones de lugares de descanso para el productor y sus animales.
Artículo 7º: Se entiende por ruta liberada al tramo en kilómetros de la actual Ruta Provincial 43 que dejarán de ser utilizados para el tránsito vehicular, una vez concluidas las obras que se ejecuten con fondos de las Leyes Provinciales 2505, su modificatoria 2552, y aportes del Tesoro provincial.
Artículo 8º: Definiciones. Se entiende por:
a Crianceros: pequeño productor ganadero mixto con predominancia de caprinos en su hato, que practica la trashumancia dentro de una economía de subsistencia.
b Trashumancia: movimiento cíclico estacional de los crianceros y sus animales desde los campos de invernada a los de veranada y viceversa.
c Ruta de arreo o callejón de arreo: franja de terreno de treinta metros 30 m de ancho mínimo que permite el libre tránsito de animales desde los campos de invernada a los de veranada y viceversa.
Artículo 9º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los veinticinco días de julio de dos mil doce.
Fdo. Graciela María Muñíz Saavedra Vicepresidenta 1º a/c Presidencia H. Legislatura del Neuquén Lic. María Inés Zingoni, Secretaria H. Legislatura del Neuquén Registrada bajo número: 2809
Neuquén, 13 de agosto de 2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/8/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data24/08/2012

Conteggio pagine24

Numero di edizioni1317

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione05/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2012>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031