Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/5/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 30

BOLETIN OFICIAL

de Origen y Aplicación de Fondos, y Anexo de Bienes de Uso al 31 de diciembre de 2010; salvo en lo que respecta al Pasivo que compone el Estado de Situación Patrimonial, que por los motivos expuestos en el apartado dos inciso e de dicho Considerando, no expone sus cifras razonablemente.
El ente auditado ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen; salvo lo expresado en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Exhortar a las actuales autoridades a que urgentemente arbitren las medidas que consideren necesarias y conducentes a fin de evitar la reiteración en los siguientes ejercicios de las situaciones observadas en el Considerando IV y se advierta que el incumplimiento de la exhortación formulada habilitará la aplicación de las sanciones previstas en la Ley 2141. Artículo 4º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada.
Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación
Fdo. Dr. Evaldo D. Moya, Presidente; Cr. Néstor A. Cucurullo, Vocal; Cr. Ángel A. Molia, Vocal; Cra.
Ana C. Esteves, Vocal; Cr. Hugo A. Cervera, Vocal Subrogante; Dra. Mónica S. Eberbach, Secretaria.


ACUERDO C - 4265. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén para dictar resolución definitiva con relación a los autos caratulados: Municipalidad de Andacollo Rendición de Cuentas Ejercicio 2010, Expediente Nº 2600-48519/2010, en trámite por ante este Tribunal Considerando Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada con fecha 6-05-11 la Rendición de Cuentas para el Ejercicio Financiero 2010 de la Municipalidad de Andacollo, Ejercicio 2010; efectuada mediante el Estado de Situación Financiera y Patrimonial, Anexo de Bienes de Uso, Estado de Tesorería y de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2010.
Artículo 2º: Aprobar la Rendición de Cuentas de
Neuquén, 24 de Mayo de 2012

la Municipalidad de Andacollo correspondiente al Ejercicio 2010, con fundamento en el Informe del Auditor Nº 4074/11 DM y CF y complementario Nº 4115/12 DM y CF y sus salvedades, con opinión sobre la razonabilidad de las cifras expuestas en el Estado de Ejecución de Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos, el Estado de Situación Financiera y Patrimonial y el Balance de Tesorería al 31 de diciembre de 2009, respecto de la ejecución del Presupuesto de Recursos y Gastos. El ente auditado ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto del examen, excepto por las Observaciones detalladas en el Artículo 3º y por las situaciones y cuestiones expresadas en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría, dar traslado a los obligados a rendir cuentas, Sr. Daniel Alberto Muñoz, Intendente; Sra. María Teresa Prades, Secretaria de Hacienda y Planificación, conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo, de la Observación Nº 1 incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20; Observación Nº 2 incisos 1, 2 y 3; Observación Nº 3, Observación Nº 4; Observación Nº 5 incisos 1, 2, 3 4 y 5; Observación Nº 6 incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7; 8, 9, 10 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18; Observación Nº 7; Observación Nº 8 y Observación Nº 9 incisos a y b, consignadas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 4074/11 DM
y CF, a efectos de que en un plazo improrrogable de 20 veinte días presenten ante el Tribunal los descargos que hagan a su derecho. Artículo 4º:
Vencido el plazo del Artículo 3º pasen las actuaciones al Auditor Fiscal a efectos de continuar el trámite. Artículo 5º: Notificar el presente Acuerdo a las actuales autoridades municipales a fin de que arbitren las medidas que resulten conducentes tendientes a evitar, en los siguientes ejercicios, las situaciones observadas en el Considerando IV.
Artículo 6º: Notificar el presente Acuerdo al Concejo Deliberante para su toma de conocimiento y demás efectos que correspondan, y hacer saber a los señores miembros del Concejo Deliberante que deberán arbitrar las medidas conducentes para que en los ejercicios siguientes se ajusten a la normativa legal vigente respecto del examen, pronunciamiento y presentación en término de la Rendición de Cuentas municipal de conformidad a lo establecido por el Acuerdo I-1140. Artículo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 24/5/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data24/05/2012

Conteggio pagine32

Numero di edizioni1317

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione05/07/2024

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