Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 7/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 07 de Octubre de 2011

BOLETIN OFICIAL

2009; efectuada mediante el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, Anexo de Bienes de Uso y el Estado de Tesorería, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2009. Artículo 2º:
Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Plottier correspondiente al Ejercicio 2009, en cuanto han sido cumplidas las formalidades de su presentación, limitando dicha aprobación a ese solo efecto; en tanto que, conforme al Informe Nº 3880/11 D.M. con sus limitaciones, salvedades y Observaciones; respecto al Estado de Ejecución de Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos, Anexo Bienes de Uso y el de Tesorería, por las consideraciones expuestas en el Considerando IV incisos 1 y 2 y Considerando V apartado 3;
4; 5 y 6 no es posible opinar acerca de la razonabilidad de la información que debería contener al 31 de diciembre de 2009. El ente auditado ha observado parcialmente el cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto del examen, tal lo evidenciado por las observaciones detalladas en el Artículo 3º y por las situaciones y cuestiones expresadas en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría, dar traslado a los obligados a rendir cuentas, señores Dr.
Sergio Adrián Gallia, Intendente; Sr. Guillermo Antonio Carnovale, Secretario de Gobierno y Hacienda y Sr. Marcelo Carlos Aragonés, Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo, de la Observación Nº 1 incisos a, b, c y d; Nº 2; Nº 3 incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10
y 11; Nº 4 incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13; Nº 5 incisos 1 y 2 y Nº 6 consignadas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 3880/11 D.M., a efectos de que en un plazo improrrogable de 20 veinte días presenten ante el Tribunal los descargos que hagan a su derecho.
Artículo 4º: Vencido el plazo del Artículo 3º pasen las actuaciones al Auditor Fiscal a efectos de continuar el trámite. Artículo 5º: Notificar el presente Acuerdo al Concejo Deliberante para su toma de conocimiento y demás efectos que correspondan y advertir a los señores miembros del Concejo que deberán arbitrar las medidas conducentes para que en los ejercicios siguientes se ajusten a la normativa legal vigente respecto del examen y pronunciamiento de la rendición de cuentas mu-

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nicipal en los términos exigidos por el Acuerdo I
- 1140, bajo apercibimiento de hacerse pasibles de las sanciones que establece la Ley 2141. Artículo 6º: Advertir al señor Dr. Sergio Adrián Gallia, Intendente; al Sr. Guillermo Antonio Carnovale, Secretario de Gobierno y Hacienda y Sr. Marcelo Carlos Aragonés, Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos; que deberán arbitrar las medidas conducentes a fin de evitar la reiteración en los ejercicios siguientes de las cuestiones señaladas en el Considerando IV inciso a y b y V apartado 1; 2; 3; 4 y 5, bajo apercibimiento de hacerse pasible de las sanciones que establece la Ley 2141. Artículo 7º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada. Artículo 8º: Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación Fdo. Dr. Evaldo D. Moya, Presidente;
Cr. Néstor A. Cucurullo, Vocal; Cr. Ángel A. Molia, Vocal; Cra. Ana C. Esteves, Vocal; Cr. Huber D.
Brugues, Vocal Subrogante; Dra. Mónica S. Eberbach, Secretaria.


ACUERDO C - 4180. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil once, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén para dictar resolución definitiva en relación a los autos caratulados: Comisión de Fomento de Villa Curi Leuvú - Rendición de Cuentas Ejercicio 2009, Expediente Nº 2600-47479/2008, en trámite por ante este Tribunal Considerando Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentada en fecha 01/07/2010 la Rendición de Cuentas para el Ejercicio Financiero 2009 de la Comisión de Fomento de Villa Curi Leuvú - Ejercicio 2009; efectuada mediante los Estados de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, de Situación Financiera y Patrimonial, Anexo de Bienes de Uso y de Tesorería, correspondientes al Ejercicio Financiero finalizado al 31 de diciembre de 2009.
Artículo 2º: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Comisión de Fomento de Villa Curi Leuvú correspondiente al Ejercicio 2009, con fundamento en el Informe del Auditor Nº 3835/11 DICECF y sus salvedades y limitaciones, señaladas en el Consi-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 7/10/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data07/10/2011

Conteggio pagine40

Numero di edizioni1318

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione08/07/2024

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