Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 46

BOLETIN OFICIAL

Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, correspondiente al ejercicio financiero finalizado al 31 de diciembre de 2005.
Artículo 2º: Ordenar la substanciación de una actuación sumarial a fin de dilucidar los actos, hechos y omisiones que dieran motivo a las Observaciones Nº 1; Nº 2 incisos a a k; Nº 3 incisos a a d; Nº 4 incisos a, b y c; Nº 5; Nº 6 incisos a a j; Nº 7 incisos a y b; Nº 8 incisos a a d; Nº 9
incisos a a f y Nº 10 incisos a a d, contenidas en el Anexo I del Informe de Auditoría Nº 2.920/07
D.M. rectificado mediante Informe de Auditor Nº 2.922/07-D.M, con el objeto de determinar si se ha producido perjuicio a la hacienda pública y, en tal supuesto, establecer fundadamente el monto del mismo y determinar los presuntos responsables.
Designar a tal efecto Instructor Sumariante al Dr.
Pablo Di Lorenzo. Artículo 3º: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Caviahue Copahue correspondiente al Ejercicio 2005, al haber sido cumplimentadas las formalidades en cuanto a su presentación, pero quedando severamente limitada dicha aprobación a ese solo aspecto, dado que conforme las limitaciones y salvedades expuestas en el Informe del Auditor Nº 2.920/07-D.M. señaladas en el Considerando V
en su parte pertinente, no es posible opinar acerca de la razonabilidad de la información financiera y erogaciones que los estados contables deberían exponer. El ente auditado no ha dado cumplimiento a las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen.
Artículo 4: Aplicar al señor Oscar Mansegosa Presidente de la Comisión Municipal una multa de pesos dos mil $ 2.000,00 y al señor Raúl Mansegosa Secretario Tesorero una multa de pesos dos mil $ 2.000,00, de conformidad a lo consignado en el Considerando VI y lo establecido en el Artículo 107 de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control-, que deberán ser depositadas en el plazo de veinte 20 días, en la cuenta que el Tribunal tiene habilitada en el Banco Provincia
Sucursal Rivadavia Cuenta Corriente Nº 110/3, debiendo presentar en la sede de este Organismo, dentro del plazo indicado, los comprobantes respectivos. Vencido el plazo sin hacer efectivos los depósitos, sin más trámite, se remitirán los antecedentes al Sr. Fiscal de Estado para que proceda por vía de apremio. Artículo 5º: Formular
por segunda vez consecutivael más severo juicio
Neuquén, 03 de agosto de 2007

de reproche al Sr. Oscar Mansegosa Presidente de la Comisión Municipal y Raúl Mansegosa
Secretario Tesorero - al continuar durante el ejercicio 2005 sin dar cabal cumplimiento a las obligaciones respecto a la gestión administrativa, su rendición adecuada a las normas vigentes, y la reiteración sistemática de los incumplimientos a los requerimientos y advertencias de este Tribunal.
Artículo 6º: Exhortar a los señores Oscar Mansegosa Presidente de la Comisión Municipal y Raúl Mansegosa Secretario Tesorero - a que urgentemente arbitren las medidas que resulten conducentes a fin de evitar la reiteración, en los ejercicios siguientes, de las situaciones observadas en el Considerando V en su parte pertinente.
Advertir que el incumplimiento de la exhortación formulada habilitará la aplicación de las sanciones que establece la Ley 2.141. Articulo 7º: Advertir a los señores miembros de la Comisión Municipal que deberán arbitrar las medidas conducentes para que en los ejercicios siguientes se ajusten a la normativa legal vigente respecto del examen y pronunciamiento de la rendición de cuentas municipal, bajo apercibimiento de hacerse pasibles de las sanciones que establece la Ley 2141.
Artículo 8º: Remitir a la Dirección Provincial de Rentas el Anexo Especial II del Informe de Auditoría Nº 2.920/07-D.M., junto con los antecedentes obrantes en autos respecto del mismo, conforme lo expresado en el segundo párrafo del Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 9º:
Excluir de los alcances del presente decisorio toda actuación sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o sede judicial relacionada con la rendición de cuentas auditada. Artículo 10º:
Regístrese, notifíquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación Fdo. Dra. Violeta E. Mandón Presidente-, Cr. Dante A. Boselli
Vocal-, Cr. Néstor A. Cucurullo Vocal-, Cr. Angel A.
Molia Vocal-, Dra. Verónica G. Novoa Vocal-. Dra.
Mónica S. Eberbach Secretaria-.


ACUERDO C-3974. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los días veintiuno del mes de junio del año dos mil siete, se reúne en Acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución definitiva en relación con los autos caratulados: Municipalidad de Plottier

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 3/8/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data03/08/2007

Conteggio pagine48

Numero di edizioni1323

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione30/07/2024

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