Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 15/9/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 15 de setiembre de 2006

BOLETIN OFICIAL

te al monto percibido en concepto de Complemento por Ubicación No Escalafonada en el mes de junio de 2006 y que será objeto de los aumentos que se dispongan a futuro.
Artículo 7º: Modifícase el artículo 11 de la Ley 1971, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 11º: Establécese un adicional remunerativo por compensación funcional de carácter particular, del veinticinco por ciento 25% de la asignación del cargo, exclusivamente para quienes se encuentren comprendidos en los escalafones de magistrados y funcionarios MF-1 a MF8; Jueces de Paz JP-1 a JP-6 y profesionales auxiliares de la Justicia con dedicación exclusiva AJ-1 a AJ-5.
A tal efecto, se entiende por dedicación exclusiva la abstención de toda otra actividad lucrativa fuera del Poder Judicial, con excepción del ejercicio de la docencia..
Artículo 8º: A los profesionales auxiliares de la Justicia y los Jueces de Paz que son recategorizados por aplicación de la presente Ley se les respetará la antigedad que tuvieren en la categoría de origen y los beneficios que de ella deriven.
Artículo 9º: Fíjase la asignación especial creada por el artículo 1º de la Ley 2472 y modificatorias, en:
- Doscientos ochenta y siete pesos con cincuenta centavos $ 287,50 a partir del 1 de marzo de 2006.
- Trescientos trece pesos con treinta y ocho centavos $ 313,38 a partir del 1 de septiembre de 2006.
Artículo 10º: Increméntase la tasa de aportes personales en cuatro puntos porcentuales 4% y las contribuciones patronales en dos puntos porcentuales 2% sobre las tasas vigentes, al sistema del régimen previsional establecido por la Ley 859 para magistrados y funcionarios del Poder Judicial, los que se aplicarán en dos 2 etapas:
a Dos puntos porcentuales 2% de aportes personales y un punto porcentual 1% de las contribuciones patronales a partir del 1 de marzo de 2006.
b Dos puntos porcentuales 2% de aportes personales y un punto porcentual 1% de las contribuciones patronales a partir del 1 de enero de 2007.

PAGINA 3

Artículo 11º: Modifícase el artículo 1º de la Ley 859, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Institúyese el siguiente régimen especial de jubilaciones y pensiones para los escalafones de magistrados y funcionarios MF y profesionales auxiliares de la Justicia AJ del Poder Judicial..
Artículo 12º: Establécese la vigencia de los artículos 1º y 3º, y la modificación al artículo 2º de la Ley 2350 dispuesta por el artículo 4º de la presente Ley, a partir del 1 de marzo de 2006.
Artículo 13º: Deróganse los artículos 5º de la Ley 2350; 10º y 11 de la Ley 1699, y 2º de la Ley 2501.
Artículo 14º: Reemplázanse las Planillas Anexas 1 y 2 de la Ley 2350 por los Anexos I a VII
incorporados por la presente Ley.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 15º: A partir de la vigencia de la presente Ley los profesionales auxiliares de la Justicia que revisten en la planta de personal del Poder Judicial deberán optar, dentro de los treinta 30 días hábiles siguientes, por apartarse o no del régimen de dedicación exclusiva. Los profesionales que no opten por el régimen de exclusividad no percibirán la compensación funcional.
En ese caso, las asignaciones especiales previstas en el artículo 5º de la presente Ley y artículo 8º de la Ley 2350 y modificatorias, serán percibidas en una proporción del cuarenta por ciento 40%.
Artículo 16º: Facúltase al Tribunal Superior de Justicia a disponer la reasignación de los profesionales auxiliares de la Justicia en las nuevas categorías -conforme se especifica en el Anexo III-, a los efectos de la primera liquidación de salarios según la presente Ley.
Artículo 17º: El personal que por aplicación de la presente Ley sufriera una disminución salarial será compensado abonándosele la diferencia correspondiente bajo el concepto de Integridad salarial.
Artículo 18º: El Tribunal Superior de Justicia dictará todas las normas reglamentarias necesarias

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 15/9/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaeseArgentina

Data15/09/2006

Conteggio pagine52

Numero di edizioni1323

Prima edizione12/01/2001

Ultima edizione30/07/2024

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