Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 31 de Mayo de 2024

BOLETIN OFICIAL

Por ello, y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Delégase en la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, las facultades para la ejecución, recepción, administración y rendición de los fondos asignados y demás actos necesarios en los Convenios de Asistencia Técnica, Económica y Financiera suscritos entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia de La Rioja para la construcción y refacción de Terminales de Ómnibus en el interior de la Provincia de La Rioja, suscritos entre este Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Ministerio de Transporte de la Nación.
Artículo 2º.- Como consecuencia de lo establecido en el artículo precedente, la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, los responsables de realizar las gestiones y/o presentación de la documentación correspondiente para financiamiento, rendiciones y demás trámites administrativos necesarios para la ejecución de los diferentes Programas implementados desde el Ministerio de Transporte de la Nación.
Artículo 3º.- Déjese Sin Efecto los Decretos N
1.983/21, 2.266/21 y 1.674/22, de conformidad a las consideraciones tenidas en cuenta en la presente.
Artículo 4º.- Autorícese al Ministerio de Infraestructura dentro del marco de lo normado en el presente decreto dictar los administrativos complementarios para regularizar las acciones del traspaso de documentación para el efectivo cumplimiento del presente decreto Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura; de Transporte y Telecomunicaciones y Secretario General de la Gobernación.
Artículo 6º.Protocolícese, comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Quintela, R.C., Gobernador Molina, A.E., S.G.G. Del Moral, M.D., M.I. Bordagaray, I.A., M.T. y C.

RESOLUCIONES
Ministerio de Agua y Energía El señor Ministro de Agua y Energía, Profesor Adolfo Héctor Nicolás Scaglioni, designado mediante Decreto Nº 009/19, hace saber que en los autos Expediente G10.1-0748.7/23 8, caratulados: Dirección General de Estudios Hídricos s/determinación de línea de ribera del cauce del Río La Rodadera Río Vargas solicitando el saneamiento se ha dictado con fecha 28 de febrero de 2024, la Resolución MA y E Nº 0074/24, cuyo texto se transcribe:
La Rioja, 28 de febrero de 2024. Visto: Considerando:

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Por ello en virtud de la facultad conferida por los Decretos Nº 002/19, 009/19, 082/19 y 048/20 y Resolución M.A y E Nº 004/20 El Ministro de Agua y Energía Resuelve: Artículo 1.Fíjase la línea de Ribera correspondiente al Río Vargas, cuyo caudal de máximas crecidas ordinarias es de 14.082 m3/seg, de conformidad a Planimetría de fs. 24, que grafica la Línea de Ribera de la siguiente manera: Margen izquierda a la poligonal calculada y graficada con los vértices: 5, 7, 18, 19, 27, 49, 53, 109, 106, 94, 93, 79 y 74; y la de margen derecha con los vértices: 1, 12, 25, 34, 41, 40, D, E y 67, como así también el polígono de la mensura con los vértices J, K, L, G, H, I y la defensa existente con los vértices C, D y E y la fracción de terreno cuya posesión no se observa por parte de los Sres.
Quinteros y otros, actualmente formando parte de la plazoleta existente: C, D, E y F. Artículo 2.- Hácese Constar que en el plano Nº 2 se observa una construcción local comercial de 12,50 m de frente por 32,50 m de fondo que está comprendida dentro de la superficie de escurrimiento del Río Vargas entre las líneas de ribera de margen izquierda y derecha, cuyo vértice Sur Oeste está situado a 59 m del vértice C de la defensa, y expuesta a ser erosionada cuando escurra el caudal de crecidas d 14,082 m/seg y posiblemente caudales aún menores. Artículo 3º.- Hácese Constar por la presente, que deberá darse estricto cumplimiento a todas y cada una de las recomendaciones y observaciones realizadas por las Direcciones Generales de Gestión Ambiental a fs.
33/35 y de Obras y Proyectos a fs. 23, como así también a todo lo prescripto por la Ley Nº 8.871, Ley Nº 25.675, Ley General de Ambiente, Ley Nº 25.688 Gestión Ambiental del Agua, 18.587: Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ley Nº 7.801 de Medio Ambiente, Ley Nº 4.295 Código de Aguas, y Decretos de la Función Ejecutiva Provincial Nº 002/19, 082/19 y 048/20. Artículo 4º.- Establecer que la Dirección General de Despacho deberá notificar al interesado y a las Direcciones Generales de Catastro, Registro de la Propiedad Inmueble, Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, y a la Municipalidad de La Rioja; y las cotas determinantes de la línea se deberán registrar en catastro según lo establecido en el Decreto-Ley 4.295/83 y cumplimentar además con lo normado por Ley N 9.356.
Artículo 5.- Los gastos que origine la demarcación de la línea de Ribera sobre el terreno serán a cargo de los ocurrentes. Artículo 6.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese. Resolución M.A. y E. Nº 0074/24. Firmado: Profesor Adolfo Scaglioni, Ministro de Agua y Energía. En cumplimiento de lo normado por el Artículo 7 inciso f de la Ley 9.356, y de conformidad al plazo de ley, póngase De Manifiesto por los presentes, lo dispuesto mediante el acto administrativo supra transcripto, a todos los propietarios, poseedores y/o todas aquellas personas que se consideren con derechos, respecto de los inmuebles afectados y/o que sean colindantes de los mismos, por la determinación de línea de ribera dispuesta por la Resolución MA y E Nº 0074/24 supra transcripta. Publicaciones por tres 3 días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local.
La Rioja, 12 de marzo de 2024.
Prof. Adolfo Héctor Nicolás Scaglioni Ministro de Agua y Energía Gobierno de la Prov. de La Rioja

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 31/5/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data31/05/2024

Conteggio pagine12

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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