Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 11 de Marzo de 2022

BOLETIN OFICIAL

Pág. 5

LEY Nº 10.482

LEY Nº 10.484

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º.- Transfiérase al Municipio del departamento Arauco, el dominio de un 1 inmueble ubicado sobre Ruta Provincial Nº 9, en el departamento Arauco y que responde a las siguientes características:
Propietario: Estado Provincial. Ubicación: Sobre Ruta Nº 9 - departamento Arauco. Matrícula Catastral: 4-0442-001-905-955- parte. Matrícula Registral:
Dominio 440 - Fº 1041. Superficie Total: 3 ha aproximadamente.
Linderos: al Norte: Sobre línea regular un total de 200 m y linda con parcela 6 de Herrera, Erasmo y Herrera Arturo. Al Este:
mide 300 m y linda con Ruta Nacional Nº 9. Al Sur:
mide 200 m y linda con calle pública. Al Oeste: Sobre línea irregular mide 300 m colindando con Manzana 43, parcelas 1, 2 y 3 de Moreno, Juana Nicolasa, de Fuentes de Díaz, María Dominga y de Díaz de Pereyra, Eufemia Rosa y con Manzana 42, parcela 6 de Herrera, Erasmo y Herrera, Arturo.
Artículo 2º.- El inmueble transferido en el artículo anterior, será destinado a Lotes con Servicios para personas de escasos recursos.
Artículo 3º.- Las medidas, linderos y superficies definitivas del inmueble, surgirán de forma exacta del Plano de Mensura, que a tal efecto confeccionaran, aprobarán y registrarán los organismos oficiales.
Artículo 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán tomados de Rentas Generales de la Provincia.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 136º Período Legislativo, a veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. Proyecto presentado por el diputado Ramón Alfredo Allendes.

Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de La Rioja, en todos sus términos, a la Ley Nacional Nº 27.306 -Abordaje Integral e Interdisciplinario de Sujetos con Dificultades Específicas del Aprendizaje.
Artículo 2º.- La Autoridad de Aplicación será determinada por la Función Ejecutiva Provincial.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 136º Período Legislativo, a veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. Proyecto presentado por el diputado Germán Enrique Díaz.

María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo DECRETO N 025

María Florencia López - Presidenta - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo DECRETO N 080
La Rioja, 04 de febrero de 2022
Visto: el Expediente Código A1 N 00005-4/22, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.484, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inciso 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.484
sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 28 de diciembre de 2021.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

La Rioja, 31 de enero de 2022
Visto: el Expediente Código A1 N 00007-6/22, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.482, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inciso 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.482
sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 28 de diciembre de 2021.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Quintela, R.C., Gobernador - Molina, A.E., S.G.G.

DECRETOS
DECRETO N 192
La Rioja, 22 de febrero de 2022
Visto: el Expediente Código F14-N 007-6-Año 2022
y las Leyes Nacionales Ns. 27.260 y 27.574, el Decreto Nacional N 458/2021, y la Ley Provincial N 10.440; y, Considerando:
Que, a través de las actuaciones antes citadas, la Subsecretaría de Administración Financiera dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, solicita iniciar el trámite de Autorización de Endeudamiento ante las Autoridades Nacionales pertinentes de acuerdo con lo prescripto por la Ley de Responsabilidad Fiscal y Buenas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/3/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data11/03/2022

Conteggio pagine24

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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