Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 28/8/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 28 de agosto de 2012

BOLETIN OFICIAL

Técnica Operativa de Areas de Turismo de Municipios del Interior y su respectivo cargo de Coordinador -Funcionario No Escalafonadocon nivel de Director.
Artículo 2º.- Establécese que la Coordinación Técnica Operativa tendrá las siguientes competencias:
Coordinar la participación de los municipios del interior de la Provincia en las acciones que se desarrollan en el marco del Consejo Provincial de Turismo.
Fomentar promoción de actividades en procura de alcanzar por parte de los municipios departamentales la calificación de Municipios Turísticos.
Colaborar con otras áreas de la Secretaría en la implementación de programas en el marco de las políticas públicas institucionales que se llevan adelante.
Artículo 3º.- Encomiéndase al Ministerio de Hacienda la imputación del gasto emergente del presente acto administrativo, a las partidas específicas asignadas en el presupuesto vigente.
Artículo 4º.- A través de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, remítase copia del presente decreto a la Cámara de Diputados a los fines que correspondan.
Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Turismo.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Del Pino, A.D., S.T.
DECRETOS AÑO 2011
DECRETO Nº 1.170
La Rioja, 15 de septiembre de 2011
Visto: la necesidad puesta de manifiesto por distintos Intendentes Municipales y los titulares Organismos del Estado Provincial, con relación a renovación y/o incorporación de maquinaria en respectivos ámbitos de acción que les permita cumplir objetivos; y ,
los de la sus sus
Considerando:
Que lo manifestado tiene fundamento en la necesidad de incorporar nueva maquinaria, habida cuenta el estado de colapso de la existente que afecta la operatividad de los referidos ámbitos de Gobierno en su permanente tarea de conservación de sus obras y prestación de servicios.
Que, en algunos casos específicos, el parque automotor hoy existente, en su gran mayoría, ha superado largamente su vida útil sin que se haya producido su renovación.
Que esta situación deriva en la imperiosa necesidad de realizar las inversiones que resulten indispensables y con la inmediatez posible a efectos de producir en el corto plazo la reposición del equipamiento obsoleto por distintas causas, a efectos de incrementar la capacidad de respuesta para cumplir los proyectos de obra presupuestados como la atención de los servicios requeridos por la comunidad.
Que, por otra parte, resulta de vital importancia, dotar a los mismos de la maquinaria que permita resolver por si mismos en la medida de sus ocurrencias en tiempo y forma
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oportunas y/o para evitar sus consecuencias, la distintas situaciones - no tan solo las de emergencia - que se plantean.
Que, esta Función Ejecutiva ha encarado como política central de su acción de Gobierno, coadyuvar al sostenimiento y crecimiento de la actividad económica en toda la Provincia, en particular al sector productivo, mediante la creación de Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria SAPEM al amparo de lo normado por la Ley Nacional Nº 19.550 -de Sociedades Comercialesy sus modificatorias, que requieren -entre otro tipo de inversionesla adquisición de maquinaria y equipamiento como el individualizado.
Que, cabe destacar, la Cámara de Diputados de la Provincia, mediante Ley Nº 9.051, ha autorizado a esta Función Ejecutiva formalizar contrato de Leasing financiero en los términos de la Ley Nacional Nº 25.248, de acuerdo con la autorización conferida por Ley Provincial Nº 6.988 y/o crédito comercial, con el Banco Patagonia S.A., por hasta la suma de Pesos Cincuenta Millones $ 50.000.000,00, para la adquisición de maquinaria y equipamiento destinado a la ejecución de obras públicas como a la prestación de servicios por parte de los Municipios Departamentales, Organismos Estatales Provinciales y Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria SAPEM.
Que, dicha autorización de endeudamiento está garantizada con los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos, la que la modifique o sustituya y/o los provenientes de la recaudación de tributos provinciales.
Que, iniciadas las tratativas para la adquisición del equipamiento referido y analizadas las distintas alternativas existentes en el mercado nacional, el Banco Patagonia S.A., agente financiero del crédito obtenido, recomienda la contratación y/o la intervención de la firma CMZ S.A.
Zanello, CUIT 30-71079109-7, con domicilio en Buenos Aires esq. Mendoza, Las Varillas, Provincia de Córdoba, para llevar adelante las distintas operaciones de compra.
Que, dicha firma ofrece la venta de maquinaria de su propia fabricación tractores, motoniveladoras, tanques regadores, acoplados, niveladoras de arrastre, desmalezadoras articuladas de arrastre, cargadoras frontales, entre otrasy los servicios de intermediación para la adquisición de aquella que no fabrica, como por ejemplo, palas cargadoras, barredoras aspiradoras, compactadores de carga trasera, equipo autocargador de contenedores, contenedores, retroexcavadoras, excavadora sobre orugas, camiones, etc., puestas en sus fábricas respectivas y/o puestos de venta con radicación en territorio nacional.
Que, atento a la magnitud y a la complejidad de la contratación, las condiciones de compraventa, garantías, plazos de pago, entrega y disponibilidad de los bienes, éstas serán determinadas en cada caso en particular al momento de la firma en los respectivos contratos.
Que, en tales condiciones, el monto total de la contratación alcanza la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Millones Doscientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Veintidós con Setenta y Cuatro Centavos $ 45.252.522,74.
Que atento a los argumentos expuestos y a la política de equipamiento y reequipamiento de maquinaria impulsada por este Gobierno Provincial, es propósito autorizar al Ministerio de Hacienda a instrumentar los mecanismos para concretar la adquisición de los bienes antes descriptos haciendo uso de las normas de excepción establecidos en la legislación vigente.
Que, a efectos de fijar el precio definitivo total de la operación y hasta tanto concluyan los diversos trámites que

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 28/8/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data28/08/2012

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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