Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 03 de abril de 2012

BOLETIN OFICIAL

ni resarcimiento alguno por la mejoras introducidas, las que quedarán como beneficio del inmueble, en concepto de compensación por el incumplimiento.
Artículo 8º.- El señor Gobernador de la Provincia suscribirá el respectivo Contrato de Compra-Venta y consignará en el mismo las condiciones específicas para la transferencia definitiva. La Escritura traslativa de Dominio del Inmueble se hará por ante Escribanía General de Gobierno de la Provincia dentro de los plazos acordados en el respectivo Contrato de Compra-Venta.
Artículo 9º.- Dictado el acto administrativo de preadjudicación del lote destinado a la actividad industrial, se procederá a colocar en posesión del predio a la firma preadjudicataria, conforme a los datos catastrales que observe el parcelamiento de subdivisión oportunamente aprobado.
Dicho acto deberá cumplirse con intervención del beneficiario de la preadjudicación o su representante legalmente habilitado, de Un 1 agente técnico por parte de la Dirección de Parques Industriales y Uno 1 de la Dirección General de Catastro, respectivamente, debiéndose elaborar un Acta en función de lo actuado, suscripta por las partes y Tres 3
ejemplares, uno de los cuales formará parte del trámite de preadjudicación.
Artículo 10º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Local y suscripto por el señor Secretario de Industria y Promoción de Inversiones.
Artículo 11º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial, y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Alvarez, D.F., M.G.J.S. y DD.HH. a/c M.P. y D.L. - De Gaetano, M.A., S.I. y P.I.

DECRETO Nº 247
La Rioja, 19 de marzo de 2012
Visto: el Expte. Código D.1.1. - Nº 00158-2-01, mediante el cual el señor Ciro Ariel Montivero, D.N.I. Nº 21.813.165, gestiona la autorización para transferir el lote de su propiedad, identificado como Parcela s, de la Manzana Nº 509
del Parque Industrial de la ciudad Capital de La Rioja, a favor de la firma Casema S.A. y;
Considerando:
Que el señor Ciro Ariel Montivero, acredita la adquisición del Lote s de la Manzana Nº 509 del Parque Industrial de esta Ciudad Capital, por medio de la Escritura Pública Nº 110 de fecha 11 de octubre de 2005.
Que la pretendida transferencia del inmueble, la realiza con el propósito de ordenar toda la actividad comercial en la razón social Casema S.A., de modo de continuar con la actividad industrial oportunamente autorizada, dedicada a la Fabricación de Revestimientos, Paredes y Cielorraso de yeso, Decoyeso, actividad que ha evolucionado comercialmente, y a la recientemente incorporada, dedicada a la Fabricación de Premoldeados de Hormigón Decocemento.
Que en el marco de la normativa legal vigente Decreto Ley Nº 4.011/88, de Radicación, Decreto Reglamentario Nº 1323/88, Anexo III y lo estipulado en la Cláusula Cuarta del Contrato de Compra Venta, el Estado Provincial mediante Decreto FEP Nº 224 de fecha 24 de febrero de 2011, establece que no hará uso del Derecho de Preferencia, respecto al inmueble
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Matrícula C-33421, Lote s - Manzana Nº 509, ubicado en el Parque Industrial de la ciudad Capital de La Rioja.
Que la Dirección de Parques Industriales, dependiente de la Secretaría de Industria y Promoción de Inversiones del Ministerio de Producción y Desarrollo Local, comunica que la firma Casema S.A., ha cumplimentado con las exigencias técnicas y legales de rigor, estableciendo que la gestión interpuesta es viable, pudiendo consecuentemente autorizar su radicación en el Parque Industrial de la ciudad Capital de La Rioja.
Que en su intervención de competencia la señora a/c de la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Producción y Desarrollo Local en Dictamen Nº 426/2011 obrante a fs. 182/183 de autos, a tenor de los antecedentes puntualizados y lo normado por Decreto Ley Nº 4.011/88 y Decreto Reglamentario Nº 1323/88, estima procedente autorizar la transferencia y la radicación propiciada, resultando necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al señor Ciro Ariel Montivero, D.N.I. Nº 21.813.165, a transferir a la firma Casema S.A., el lote de terreno identificado como Parcela s, de la Manzana Nº 509 Matrícula C - 33.421, Sector IV, según Plano de Fraccionamiento D1-209/4, del Parque Industrial de la Ciudad Capital de La Rioja, con una superficie total de Cinco Mil Metros Cuadrados 5.000
m2.
Artículo 2º.- Autorízase a la firma Casema S.A., a radicar en el Lote s, de la Manzana Nº 509 Matrícula C33.421 - Sector IV, según Plano de Fraccionamiento D1-209/4, un emprendimiento industrial, dedicado a Yesería y Premoldeado de Hormigón.
Artículo 3º.- Dispónese que la firma Casema S.A., deberá observar las condiciones fijadas para la Radicación en los Parques Industriales que prevé el Decreto Ley Nº 4.011/80 y su Decreto Reglamentario Nº 1323/88. El incumplimiento de tal requisito determinará la nulidad de la transferencia autorizada en artículo precedentemente mencionado.
Artículo 4º.- Los Organismos competentes practicarán las registraciones emergentes de lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Local y suscripto por el señor Secretario de Industria y Promoción de Inversiones.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Alvarez, F., M.G.J.S. y D.H. a/c.
M.P. y D.L. - De Gaetano, M.A., S.I y P.I.

DECRETO Nº 309
La Rioja, 27 de marzo de 2012
Visto: La Ley Nº 9.024 y el Expediente Nº A1-007902/2
Considerando:
Que la Ley mencionada en los Vistos del presente acto administrativo, tiene por objeto la creación de un Programa de Desarrollo Productivo en el ámbito de la provincia de La Rioja.
Que ello es de suma importancia para el futuro de la provincia, en tanto establece el marco normativo por el que se canalizarán las actividades de fomento y producción local.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data03/04/2012

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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