Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/1/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 9.148

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Apruébase el Convenio N 058
suscripto el 14 de septiembre de 2011 entre el Ministerio de Salud de la Nación representado por su titular Dr. Juan Luis Manzur, por una parte y por la otra el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado por su titular el Dr. Luis Beder Herrera convenio que sustituye al suscripto entre ambas partes con fecha 20 de mayo del corriente año.
Artículo 2.- Comuníquese publíquese insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada En la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 126 Periodo Legislativo a un día del mes de diciembre del año dos mil once proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
Judit Marisa Díaz Bazán - Vicepresidente 2 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote Secretario Legislativo Convenio de Asistencia Técnica y Financiera entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Provincia de La Rioja Entre el Ministerio de Salud de la Nación, con domicilio en Avda. 9 de Julio Nº 1925, piso 2º de la C.A.B.A., en adelante El Ministerio, representada en este Acto por su titular Dr. Juan Luis Manzur, por una parte, y por la otra el Gobierno de la Provincia de La Rioja, con domicilio en 25 de Mayo y San Nicolás de Bari de la ciudad de La Rioja, provincia de La Rioja, en adelante el Gobierno de la Provincia, representado en este acto por su titular el Dr. Luis Beder Herrera, acuerdan en suscribir el presente Convenio que sustituye al suscripto entre ambas partes con fecha 20 de mayo del corriente año, sujeto a las siguientes Cláusulas:
Primera: El objeto del presente Convenio constituye en comprometer la cooperación y/o colaboración técnica y financiera del El Ministerio en la implementación y puesta en funcionamiento del Hospital Regional de la Madre y el Niño, de la ciudad de La Rioja, de alta complejidad y referencia regional, en adelante El Hospital.
Segunda: A tal efecto El Ministerio se compromete a otorgar un subsidio de hasta $ 90.000.000 Noventa Millones de Pesos, para el período mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, destinado a insumos, equipamiento médico y no médico y recursos humanos necesarios para el funcionamiento del El Hospital.
Tercera: El monto otorgado por el artículo anterior incluye, el subsidio de $ 10.000.000 Diez Millones de Pesos, otorgado a El Gobierno de la Provincia, por Resolución Nº 1.129 del 27 de julio de 2011 de El Ministerio.
Cuarto: El Gobierno de la Provincia se compromete a elaborar la documentación y gestionar el dictado de las normas legales necesarias para la constitución y/o creación del Hospital Provincial de Gestión Descentralizada - Hospital Regional de la Madre y el Niño, que se inscriba bajo la modalidad del Decreto Nacional Nº 939/2000.
Quinta: En el marco del presente Convenio, las partes se comprometen a suscribir los convenios y/o Actas
Viernes 27 de enero de 2012

Complementarias que sean necesarios a fin de precisar y/o ampliar sus términos.
Sexta: Por este Acto queda sin efecto el Convenio de fecha 20 de mayo de 2011, por el que se preveía la creación de un Servicio de Atención Médica para la Comunidad, SAMIC, en la ciudad de La Rioja, provincia de La Rioja.
Séptima: En pruebas de conformidad se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires a los catorce días del mes de setiembre de 2011.
Dr. Juan Luis Manzur Ministro de Salud
Dr. Luis Beder Herrera Gobernador Provincia de La Rioja
LEY AUTOPROMULGADA

LEY Nº 9.149
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo l.- Declárase de Interés Provincial la construcción de un Dique sobre el Río Miranda en el departamento Chilecito, provincia de La Rioja.
Artículo 2.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, en el marco de la Ley N 4.611, las parcelas de terreno ubicadas en el departamento Chilecito, que a continuación se detallan:
Inmueble I:
Propietarios: a determinar. Superficie aproximada a expropiar: 1.877.713,13 m2, destinados al área del vaso del Dique. Ubicación: Superficie comprendida en las siguientes coordenadas:
Punto 1
2 3
4 5
6 7
8 9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31

X
2615672,681
2615677,854
2615750,481
2615612,838
2615631,376
2615631,376
2615392,861
26.151.812.471
2615046,454
2614838,556
2614748,674
2614753,479
2614700,67
2614571,167
2614549,772
2614445,439
2614256,647
2614312,447
2614259,197
2614293,195
2614490,612
2614602,897
2614576,403
2614681,022
2615015,994
2615006,166
2614783,361
2614814,013
2615534,576
2615700,67
2615537,94

Y
6761610,545
6761729,399
6761868,419
6762039,041
6762197,845
6762221,715
6762044,471
6761996,42
6762276,492
6762454,141
6762769,66
6762953,089
6763226,769
6763212,866
676240,7478
6762451,922
6762330,527
6762137,107
6762005,114
67611912,43
6761828,905
6761736,396
6761488,552
6761204,586
6761131,879
6761028,305
676008,2301
6760722,398
6760531,353
6761040,19
6761384,458

Latitud 291630.57867435S
291626.7175259S
291622.1792835S
29º1616.6842312S
2916l l.5214118S
291610.7738731S
291616.5803632S
291618.2102559S
291609.1599780S
291603.4594212S
291553.2432199S
291547.2852886S
291538.4155399S
291538.9093198S
29º1547.7526102S
291603.6599780S
291607.6635115S
291613.9261222S
291618.2295942S
291621.2280152S
291623.8760213S
291626.8433161S
291634.9000278S
291644.0868310S
291646.3380439S
291649.7045417S
291656.9238888S
291659.7010023S
291705.6678549S
291649.0900664S
291637.9646285S

Longitud 674835.0949982W
674834.9481317W
674832.3106358W
674837.4725284W
674836.8456885W
674839.9489933W
674845.6214970W
674853.4407038W
674858.5376338W
67º4906.3034173W
674909.7498462W
674909.6403377W
674911.6980388W
674916.4885723W
674917.1795684W
674920.861544W
674927.8080526W
674925.6695763W
674927.5926530W
674926.2990602W
674918.9564220W
6749l 4.7633239W
674915.6521910W
674911.6714328W
674859.2374639W
674859.5627183W
674907.7329380W
674906.5655327W
674839.8042521W
674833.8436773W
674840.0003869W

Inmueble II:
Propietarios: a determinar. Superficie aproximada a expropiar: 551.138,70 m2 destinados a los caminos de acceso al Dique cuya longitud es de 15.746,82 m, estimándose un ancho de 35 m, que surge de establecer 17,50 m a cada lado

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/1/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data27/01/2012

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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