Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/11/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 29 de noviembre de 2011

BOLETIN OFICIAL

deberán constar las especificaciones técnicas de los mismos, lugar de entrega, garantías, forma y condiciones y lugar de pago, entre otras cuestiones.
Artículo 5.- El gasto que demande la adquisición de los bienes individualizados en el Artículo 3, se imputarán con cargo a los recursos del Fondo Federal Solidario creado por Decreto N 206/09 -ampliado por el similar N 243/09- cuya adhesión a nivel provincial se dispuso mediante Decreto N
357/09 de esta Función Ejecutiva ratificado por la Ley N
8.492.
Artículo 6.- Ordénase al Ministerio de Hacienda para que, con la participación de sus organismos específicos, efectúe las operaciones que resulten necesarias a fin de materializar la adquisición de la moneda extranjera suficiente, para satisfacer lo dispuesto por el presente Acto Administrativo.
Artículo 7.- Instrúyese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología para que, a través de su Servicio de Administración Financiera, se realicen las imputaciones presupuestarias de las transferencias, motivo del presente Acto Administrativo.
Artículo 8- Por la Dirección General de Obligaciones a cargo del Tesoro y Administración se concretarán las erogaciones que resulten de los trámites, gastos e impuestos asociados y derivados de la presente contratación y servicios, que estén a cargo de la Provincia.
Artículo 9.- Por la Secretaría General y Legal de la Gobernación comuníquese a la Función Legislativa Provincial, acorde a lo establecido en el Artículo 126, Inc. 12
de la Constitución de la Provincia de La Rioja.
Artículo 10.- El presente decreto será refrendado por todos los señores Ministros y el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 11.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

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Sarmientos. Calle: Ruta Provincial. Matrícula Catastral: 07032011-001; Circ.: III; Sec.: B; Manzana 11; Parcela 01.
Dimensiones aproximadas: Norte: 172,66 m + 445,59 m. Este:
46,00 m - 181,15 m - 126,78 m + 47,64 m + 60,55 m + 94,57 m +
152,66 m. Sur: 149,98 m + 46,39 m + 50,70 m + 79,89 m. Oeste:
282,32 m. Colindantes: Norte: Antonio Mococain - González Jorge - Olmedo Tomás Suc. Este: Ruta Provincial - Manzana G
Parcela 2. Sur: Defensa Río Los Sarmientos - Manzana G Parcela 2. Oeste: Defensa Río Los Sarmientos. Superficie a expropiar: 155.509,00 m2. Valuación Fiscal: Año 2011 - $
11.756,48. Antecedentes catastrales: Parcela con Mensura, Disposición 017427.
Artículo 3.- El inmueble afectado será donado a la Universidad Nacional de Chilecito, con el cargo de ejecutar en el predio obras de ampliación del área académica existente, espacios recreativos y deportivos de la institución.
Artículo 4.- El cargo para la realización de las obras por parte de la Universidad de Chilecito, deberá cumplirse en un plazo de diez 10 años, contados a partir de la sanción de la presente ley.
Artículo 5.- Las medidas, linderos y superficie definitivas, surgirán del Plano de Mensura que a tal efecto confeccionarán, aprobarán e inscribirán los Organismos Administrativos competentes en la materia.
Artículo 6.- Los gastos que demande en cumplimiento de la presente ley serán tomados de Rentas Generales.
Artículo 7.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 126 Período Legislativo, a trece días del mes de octubre del año dos mil once. Proyecto presentado por el diputado Délfor Augusto Brizuela.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote Secretario Legislativo LEY AUTOPROMULGADA

Prof. Griselda Noemí Herrera Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan Carlos Vergara Ministro de Salud Pública
Dr. Luis Beder Herrera Gobernador Provincia de La Rioja
Lic. Rafael Walter Flores Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología
Ing. Javier Héctor Tineo Ministro de Infraestructura a/c Ministerio de Producción y Desarrollo Local
Dr. Juan José Luna Sec. Gral, y Legal de Gobernación
Dr. Diego Felipe Álvarez Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Dd. Hh.

LEY AUTOPROMULGADA

LEY Nº 9.104
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Derógase en todo sus términos la Ley Nº 8.631.
Artículo 2º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Los Sarmientos, departamento Chilecito, que responde a las siguientes características: Propietario: A determinar. Localidad los

LEY Nº 9.105
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Autorízase a la Función Ejecutiva, mediante la Secretaría de Tierras y Hábitat Social, a realizar de inmediato la mensura y el saneamiento colectivo de títulos de los inmuebles del Barrio San Nicolás, del Barrio Guillermo Páez, de las calles Arenales, norte y sur; y calle La Hacienda, norte y sur hasta la Ruta Nacional N 40, en la ciudad de Villa Unión, cabecera del departamento Coronel Felipe Varela.
Artículo 2.- Los gastos que demande la presente ley serán imputados al Presupuesto asignado al citado Organismo.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja 126 Período Legislativo a trece días del mes de octubre del año dos mil once. Proyecto presentado por el diputado Juan Nicolás Amado Filippes.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote Secretario Legislativo LEY AUTOPROMULGADA

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/11/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data29/11/2011

Conteggio pagine21

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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