Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/11/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 26 de noviembre de 2010

BOLETIN OFICIAL

manifestación como no presentada Artículo 60º del C.P.M..
Artículo 5 El concesionario deberá, dentro de los treinta 30
días posteriores al vencimiento de la Labor Legal, solicitar la pertenencia que le corresponda, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67º y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la misma como vacante Artículo 61º C.P.M.. Artículo 6
Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1º de la presente disposición y confecciónense los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones. Resérvese. Fdo.: Ing. Héctor E. Romero - Director General de Minería La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería
Pág. 23

acuerdo a lo establecido por el Artículo 67º y conc. del citado Código, bajo apercibimiento de tener por desistido los derechos en trámite, inscribiéndose la misma como vacante Artículo 61º C.P.M.. Artículo 6 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1º de la presente disposición y confecciónense los edictos ordenados, haciéndose entrega para su publicación, fecho, pase a Sección Padrones.
Resérvese. Fdo.: Ing. Héctor E. Romero - Director General de Minería La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería Nº 11.314 - $ 188,00 - 19, 26/11 y 14/12/2010

Edicto de Cateo
Nº 11.312 - $ 168,00 - 19, 26/11 y 14/12/2010

Edicto de Manifestación de Descubrimiento Titular: Passarello Juan Carlos -Expte. N 52-Letra P-Año 2008. Denominado: Urano Aurífero I. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 05 de setiembre de 2008. Señor Secretario: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son: X=6732671,30 - Y=2518504,73 ha sido graficada en el departamento Cnel. Felipe Varela de esta provincia, conforme a lo manifestado por el interesado en presentación de fojas 1 y 2 de los presentes actuados. Se informa que el área de protección de dicha manifestación superpone con el cateo Sonimar Energy -Expte. N 36-Y-2005 a nombre de Yamiri S.A., quedando una superficie libre de 2.960 ha 1.985,63 m, dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94:
Y=2513411.4872
X=6730492.4500, Y=2513411.4800
X=6735541.8400
Y=2520257.2880
X=6735538.5268
Y=2520257.2681
X=6734902.0302
Y=2518010.4690
X=6730492.4480. La Nomenclatura Catastral correspondiente es:
6732671,30 - 2518504,73-13-08-M. Fdo.: Daniel Zarzuelo - Jefe de Catastro Minero La Rioja, 24 de setiembre de 2010. Visto:
y Considerando: El Director de Minería Dispone: Artículo 1 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento. Publíquese edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 53º del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Artículo 66º del citado Código. Artículo 2 Inclúyase este registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres 3 años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3º La publicación de los edictos, referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y la última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Artículo 57º del C.P.M. Ley Nº 7.277. Artículo 4 El término de cien 100 días que prescribe el Artículo 68º del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, bajo apercibimiento de caducidad del derecho, cancelando el registro y teniendo la manifestación como no presentada Artículo 60º del C.P.M.. Artículo 5 El concesionario deberá, dentro de los treinta 30 días posteriores al vencimiento de la Labor Legal, solicitar la pertenencia que le corresponda, de
Titular: Energía y Minerales Sociedad del Estado.
Expte. N 48 - Letra E - Año 2009. Denominado: El Descanso. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 21 de diciembre de 2009. Señor Director: La presente solicitud permiso de exploración y cateo ha sido graficada en el departamento Independencia de esta provincia. Conforme a lo manifestado por el interesado en escrito de fojas 4 y 5 de los presentes actuados.
Esta graficación se la efectuó con una superficie libre de 7.962
ha, resultante de la superposición parcial con los siguientes derechos mineros: Mina Los Colorados - Expte. N 6.274 - S 74 a nombre de Soria Nicolás Oscar, Escuela Fábrica I y II Expte. N 859 - C - 51 a nombre de EPET N 1, Alberto Expte. N 954 - L - 52 y Antonio Expte. N 955 - L - 52, ambos a nombre de Lir Fer Construcciones SRL. La superficie libre mencionada queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94: Y= 3391511.250 X=
6684931.290, Y= 3400511.250 X= 6684931.290 Y=
3400511.250 X= 6675931.290 Y= 3391511.250 X=
6675931.290. La nomenclatura catastral correspondiente es: NE:
6684931.29 - 3400511.25-13-11-E SO: 6675931.29 3391511.25-13-11E. Fdo. Daniel Zarzuelo. Jefe de Catastro de Minero. La Rioja, 17 de noviembre de 2010. Visto: y Considerando: El Director de Minería Dispone: Artículo 1
Regístrese, en el protocolo respectivo la presente solicitud de permiso de exploración y cateo; publíquese edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por dos 2 veces en el espacio de diez 10 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 27º -párrafo tercerodel Código de Minería, llamando por veinte 20 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposición Artículo 25º -párrafo primerodel citado Código. Artículo 2 La publicación de los edictos, referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante dentro de los veinte 20 días Artículo 41 del C.P.M. - Ley N 7.277, siguientes al de su notificación, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares con los edictos publicados, bajo apercibimiento. Artículo 3 Emplázase al concesionario para que, en el término de treinta 30 días, siguientes al de su notificación presente el Informe de Impacto Ambiental que prescribe el Artículo 251 del Código de Minería.
Artículo 4 Notifíquese por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1 de la presente Disposición y confecciónense los edictos ordenados haciéndose entrega para su publicación, fecho pase a Sección Padrones, Resérvese. Fdo. Ing.
Héctor E. Romero, Director General de Minería, La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería Nº 11.330 - $ 128,00 - 26/11 y 07/12/2010

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/11/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data26/11/2010

Conteggio pagine24

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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