Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/6/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 1.171 M.P. y D.L.
16/05/08
Dando de baja por fallecimiento, a partir del día 02 de mayo de 2008, al señor Dn. Héctor Nicolás Vega, D.N.I. N
12.178.854, quien revistaba en la Categoría G.13, Agrupamiento Servicios Generales, Planta Permanente, ex agente perteneciente al Ministerio de Producción y Desarrollo Local; en virtud de la copia fiel de la partida original del Acta de Defunción Tomo 184 Folio 159 Acta N 449 Año 2008, expedida por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas de la Provincia de La Rioja y, de conformidad a lo previsto por el Artículo 24 inc. b del Decreto Ley N 3870/79 Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial y Municipal y su Decreto Reglamentario.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.I. a/c M.P. y D.L. - Guerra, R.A., M.H.
DECRETOS AÑO 2007
DECRETO N 2.368
La Rioja, 28 de setiembre de 2007
Visto: la presentación realizada por el Ministerio de Educación a través de la cual solicita aporte financiero; y, Considerando:
Que fundamenta el pedido en la necesidad de atender el pago de los haberes de Institutos Confesionales correspondientes al mes de setiembre/07, por la suma de Pesos Un Millón Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro con Cinco Centavos $ 1.098.464,05, atento a que el Ministerio de mención no cuenta con créditos presupuestarios para ello.
Que, a los efectos de superar la situación planteada, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, de la suma y por el concepto antes mencionado, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, con el destino antes señalado, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al S.A.F. N 400 Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Educación, de la suma de Pesos Un Millón Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro con Cinco Centavos $
1.098.464,05, a través de un anticipo de fondos -Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, para ser destinada a afrontar el pago de los haberes del mes de
Viernes 13 de junio de 2008

setiembre/07, a Institutos Confesionales, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. a/c J.G.M. - Guerra, R.A., S.H.

DECRETO Nº 2.394
La Rioja, 04 de octubre de 2007
Visto: el Expediente Código G22-Nº 0505-8-Año 2007, mediante el cual el Ministro de Industria, Comercio y Empleo solicita al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas aportes financieros; y, Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de hacer frente al pago de los beneficios contemplados en el Programa Fortalecimiento de la Inclusión Social, creado por Decreto Nº 1.687/07, a través del cual se otorga una asistencia financiera a aquellas personas que se encuentran por debajo de la línea de indigencia, correspondiente al mes de setiembre/07.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, de la suma de Pesos Un Millón Ochocientos Mil $ 1.800.000,00 y con el destino antes señalado, mediante la emisión de un formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA CAMARA DE
DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA FUNCION
EJECUTIVA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al SAF Nº 600- Dirección General de Administración de Recursos del Ministerio de Industria, Comercio y Empleode la suma de Pesos Un Millón Ochocientos Mil $ 1.800.000,00, a través de un anticipo de fondos -Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a atender las erogaciones del Programa de Fortalecimiento de la Inclusión Social dispuesta por Decreto Nº 1.687/07, implementado por la Provincia a través de dicha jurisdicción, correspondiente al mes de agosto/07, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/6/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data13/06/2008

Conteggio pagine24

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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