Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 280 M.H. y O.P.
16/02/07
Rescindiendo, a partir del 01 de febrero de 2007, el Contrato de Locación de Servicios suscripto con la señora Juárez Mariel, D.N.I. N 31.647.356 autorizado por Decreto F.E.P. N 020 de fecha 03 de enero de 2007.
Con la participación de los organismos administrativos y técnicos competentes, efectúense las registraciones emergentes de lo dispuesto en el artículo precedente.
Maza, A.E., Gobernador - Caridad, A.G., M.H. y O.P. Visconti, E.H., Cr. Gral. Pcia. a/c S.H. - Zalazar Gell, D.E., Subs. G.P.

Viernes 10 de agosto de 2007

Capacitación Laboral de Ulapes, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley 6425, en un plazo que no podrá exceder los Treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3º- El presente decreto será refrendado por los señores Jefe de Gabinete de Ministros y Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Tineo, J.H., M.H. y O.P. Guerra, R.A., S.H.
DECRETOS AÑO 2006
DECRETO N 1.231
La Rioja, 08 de agosto de 2006

DECRETO Nº 1.769
La Rioja, 11 de julio de 2007
Visto: el Expediente Código G1- Nº 0257-6-año 2007, mediante el cual el Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, solicita asistencia financiera al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas; y,Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de transferir recursos a la Fundación para el Desarrollo Integrado de Los Llanos FUDEI, a los fines de llevar a cabo talleres de tejido artesanal, taller de bordado y pintura en tela, que se ejecutarán desde el Centro de Capacitación Laboral del Ulapes, por la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Cuarenta $
2.740,00, ya que no cuenta con crédito presupuestario para ello.
Que, a los efectos de superar la situación planteada, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, de la suma y con el destino antes señalado, mediante la emisión de un Formulario C-42, Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a concretar la entrega al SAF Nº 600-Dirección General de Administración de Recursos del Ministerio de Industria, Comercio y Empleode la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Cuarenta $ 3.740,00, a través de un anticipo de fondos -Formulario C-42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a la Fundación para el Desarrollo Integrado de Los Llanos FUDEI, a los fines de llevar a cabo talleres de tejido artesanal, taller de bordado y pintura en tela, que se ejecutarán desde el Centro de
Visto: los términos del Decreto N 1.570 de fecha 02
de diciembre de 2005; yConsiderando:
Que mediante el acto administrativo citado se destinó la suma de Pesos Dos Millones Novecientos Treinta y Un Mil Doscientos Sesenta y Cuatro $ 2.931.264, para ser aplicado al Plan de Operación y Expansión POE Estructural del servicio de agua potable a cargo de la empresa Aguas de La Rioja S.A..
Que dicho aporte, correspondiente al aporte provincial, surge del Anexo XI del Convenio de Actualización del Plan de Operación y Expansión 2004-2006, ratificado por Decreto N 642/04, se destinó para concretar la adquisición de la cañería a ser utilizada en la obra Acueducto C.O.S.N. - Las Padercitas, Alternativa 1.
Que concretado el aporte a través de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro dependiente del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, se presenta la Empresa Aguas de La Rioja S.A., Concesionaria del Servicio de Agua Potable y Cloacas y administradora de los fondos en cuestión, informando que si bien el monto de precedente mención se orientó a la adquisición de la cañería, una parte importante del mismo se afectó a la compra de válvulas, accesorios y obras complementarias que permiten la unión de esos caños y completan técnicamente la obra.
Que, en consecuencia, solicita la ampliación a los destinos de precedente mención a los efectos de finalizar el trámite encargado, el consignado en el Artículo 1 del Decreto N 1.570/05, para el aporte realizado por la Provincia.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva hacer lugar a lo solicitado por la Empresa Aguas de La Rioja S.A.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Amplíase a la adquisición de válvulas, accesorios y obras complementarias que permiten la unión de esos caños y completan técnicamente la obra, el destino del aporte provincial realizado a favor de la empresa Aguas de La

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/8/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data10/08/2007

Conteggio pagine16

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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