Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Transporte, señor Exipión Caliva, L.C. N 03.008.296, de conformidad al Acta de Defunción N 221, expedida por el Registro Civil de las Personas de la Ciudad Capital de La Rioja y lo dispuesto en el Artículo 24 - Inc. b del Decreto-Ley N
3.870/79.
Maza, A.E., Gobernador - Cayol, R.E., M.H. y O.P. Guerra, R.A., S.H.

DECRETO N 595 M.C.G.
29/05/00
Dando de baja por fallecimiento, a partir del día 12 de diciembre de 1998, al extinto Suboficial de Policía de la Provincia -Cuerpo de Seguridad, Dn. Aldo Quintín Herrera, D.N.I. N 11.100.916.
Maza, A.E., Gobernador - Herrera, L.B., M.C.G. - Artico, J.M., S.G. y J.

DECRETO Nº 604
La Rioja, 31 de mayo de 2000
Visto: el Expte. Nº C11 -Nº 00233-0-00, del Registro del Ministerio de Educación, en los cuales se acompaña la gestión de Contratación de Recursos Humanos; y, Considerando:
Que el Título VI, Capítulo I, Artículo 49º de la Ley de Ministerios, le confiere al Ministerio de Educación competencia específica asistir a la Función Ejecutiva en todo lo inherente a la planificación, aplicación y control de gestión de la política educativa conforme con las finalidades y lineamientos de la Constitución de la Provincia.
Que resulta necesario conformar los equipos que desarrollan actividades propias de la gestión y que secundan al Ministerio de Educación.
Que dichos apoyos, se conforman con el propio personal de Planta Permanente y además se recurre a la contratación de otros con perfiles apropiados para la gestión administrativa, técnicos y profesionales, los cuales desarrollan las acciones específicas de trabajo.
Que los trámites no se iniciaron en tiempo y forma, por cuanto estaba vigente la Feria Estatal Anual, lo cual origina un estado de prestación por parte de los agentes que precisa ser ratificado.
Que igualmente se emitieron los Decretos Nº 194 y 219/00, que autorizan los montos topes para contratar.
Que la Dirección General de Administración Financiera y Recursos Humanos del Ministerio de Educación, efectúa la imputación presupuestaria del gasto al tratarse de un rubro previsto para el corriente ejercicio.
Que conforme lo ordena, la Ley de Presupuesto Nº 6.868, queda justificado el marco de extrema necesidad que estipula la misma.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial,
Martes 03 de abril de 2007

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Decláranse de extrema necesidad las contrataciones que se gestionan en el Expediente Nº C11 00233-0-00, que corresponden al Ministerio de Educación y su Secretaría de Coordinación Educativa, teniendo en cuenta que el Servicio Educativo, fue declarado esencial debido a la importancia que el mismo tiene para el desarrollo de la Provincia, en consecuencia se convalidan los Servicios que se vienen prestando a partir de la fecha que se consignan en cada caso.
Artículo 2º - Prorróganse las contrataciones de las personas que posteriormente se mencionan, pertenecientes al Ministerio de Educación, por los períodos y montos que se especifican, para cumplir funciones en el mismo:
Apellido y Nombres Brizuela, Justo del Valle Agero, Juan Francisco TOTAL MENSUAL

D.N.I. Nº 10.152.650
14.404.227

Importe Mensual $ 800,00
$ 800,00
$ 1.600,00

Período 01/12/99 al 31/12/00
01/01/00 al 31/12/00

Artículo 3º - Autorízase al Ministerio de Educación a Contratar los Servicios del Personal que a continuación se menciona, para cumplir funciones en el citado ente, por los montos y períodos que se detallan:
Apellido y Nombres Contreras, Laura V.
Páez, Julio César Vergara, Cecilia del V.
Farías, María Eugenia TOTAL MENSUAL

D.N.I. Nº 23.010.341
20.823.604
24.939.724
27.052.267

Importe Mensual $ 700,00
$ 800,00
$ 600,00
$ 1.100,00
$ 3.200,00

Período 16/02/00 al 31/05/00
01/03/00 al 31/05/00
01/02/00 al 31/05/00
01/01/00 al 31/05/00

Artículo 4º - Determínase que por Escribanía General de Gobierno se protocolizarán los Contratos de Locación de Servicios, objeto del presente acto.
Artículo 5º - Los gastos que demanden las contrataciones citadas en el artículo segundo y tercero de este acto administrativo serán imputados a las partidas que para tal efecto indique la Dirección General de Administración Financiera y Recursos Humanos del Ministerio de Educación, al contarse con la autorización de los Decretos Nº 194/00 y 219/00.
Artículo 6º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Gestión Pública y Modernización del Estado.
Artículo 7º - Comuníquese, notifíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A. E., Gobernador - Cayol, R.E., M.H. y O.P. - Asís, M.A., M.E. - Caridad, A.G., S.G.P. y M.E.

DECRETO Nº 611
La Rioja, 01 de junio de 2000
Visto: el Expediente Código GI-Nº 00162-1/00 y conexos, caratulado: Secretaría Gral. y Legal de la Gobernación - Ordena la reconstrucción del Expte. Cód. A-Nº 001040-9/99 José Mariano MachucaInterpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución dictada por el Ministerio Coordinador de Gobierno Nº 193 de fecha 27-10-99;y, Considerando:
Que en cuanto al aspecto formal del Recurso Jerárquico interpuesto, cabe precisar que la Resolución Nº 193/99 fue

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/4/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data03/04/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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