Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/3/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 27 de marzo de 2007

BOLETIN OFICIAL

siguiente al de su registro debiendo, dentro de dicho plazo solicitar, asimismo, la pertenencia que le corresponda, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67º y conc. del citado Código. Artículo 5- De forma: Fdo. Ing. Navarro Juan Carlos - Director General de Minería. Ante mí: Luís Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería N 6.844 - $ 140,00 - 27/03, 03 y 10/04/2007

Edicto Manifestación de Descubrimiento Expte. N 98-R-2006. Titular: Renga Francisco.
Denominación: Leonela III. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 26 de setiembre de 2006. Señor Director: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son: X=6762187.90 - Y=2563694.63 ha sido graficada en el departamento Cnel. Felipe Varela de esta provincia. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 299 ha 146078 m2, dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94
perimetrales:
Y=2562149.000
X=6762382.000, Y=2564382.000
X=6762382.000, Y=2564382.000
X=6761042.340, Y=2562149.000 X=6761042.340. La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6762187.902563694.63-13-08-M. Dirección General de Minería: La Rioja, 01 de febrero de 2007. Visto: y Considerando: El Director de Minería Resuelve: Artículo 1- Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo establecido por el Artículo 53 del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código. Artículo 2- Inclúyase este registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres 3 años, conforme lo establece el Artículo 224º del Código de Minería. Artículo 3La publicación de los edictos, referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Artículo 57º del C.P.M. Ley Nº 7.277. Artículo 4- El término de cien 100 días que prescribe el Artículo 68º del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro debiendo dentro de dicho plazo solicitar, asimismo, las pertenencias que le corresponda, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67º y conc. del citado Código. Artículo 5- De forma: Fdo. Ing. Navarro Juan Carlos - Director General de Minería. Ante mí: Luís Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería N 6.845 - $ 140,00 - 27/03, 03 y 10/04/2007

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Edicto Manifestación de Descubrimiento
Expte. N 111-O-2006. Titular: Orozco Juan Guillermo. Denominación: Abra Grande. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 05 de diciembre de 2006. Señor Director: La presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento cuyos valores de coordenadas denunciadas del lugar de toma de muestra son: X=6515580 - Y=3477782
ha sido graficada en el departamento Gral. San Martín de esta provincia. Se informa que el área de protección de dicha manifestación tiene una superficie libre de 95 ha 9928.50 m2, dicha área de protección queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger Posgar 94:
Y=3477849.000
X=6516111.000, Y=3478485.000
X=6515626.000, Y=3478303.000
X=6515387.000, Y=3478476.000
X=6515255.000, Y=3478355.000
X=6515096.000, Y=3478117.000
X=6515278.000, Y=3478056.000
X=6515198.000, Y=3477738.000
X=6515441.000, Y=3477374.000
X=6514963.000, Y=3477180.000
X=6515112.000, Y=3477058.000
X=6514953.000, Y=3477174.000
X=6514865.000, Y=3477052.000
X=6514706.000, Y=3476814.000
X=6514887.000, Y=3476935.000
X=6515047.000, Y=3476820.000
X=6515134.000, Y=3476941.000
X=6515293.000, Y=3476897.000
X=6515327.000, Y=3477079.000
X=6515565.000, Y=3476945.000
X=6515667.000, Y=3477066.000
X=6515826.000, Y=3477045.000
X=6515843.000, Y=3477227.000
X=6516081.000, Y=3477386.000
X=6515960.000, Y=3477204.000
X=6515721.000, Y=3477305.000
X=6515645.000, Y=3477184.000
X=6515485.000, Y=3477397.000
X=6515323.000, Y=3477760.000
X=6515800.000, Y=3477667.000 X=6515872.000. La Nomenclatura Catastral correspondiente es: 6515580-347778213-16-M. Dirección General de Minería: La Rioja, 01 de febrero de 2007. Visto: y Considerando: El Director de Minería Dispone: Artículo 1- Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Manifestación de Descubrimiento. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 53 del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones Art. 66 del citado Código.
Artículo 2- Inclúyase este registro en el Padrón Minero, con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres 3 años, conforme lo establece el Artículo 224º del Código de Minería. Artículo 3- La publicación de los edictos, referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido en el Artículo 57º del C.P.M. - Ley Nº 7.277. Artículo 4- El término de cien 100 días que prescribe el Artículo 68º del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, debiendo dentro de dicho plazo solicitar, asimismo, las pertenencias que le corresponda, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67º y conc. del citado Código. Artículo 5- De forma:
Fdo. Ing. Navarro Juan Carlos - Director General de Minería. Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dirección General de Minería N 6.847 - $ 140,00 - 27/03, 03 y 10/04/2007

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 27/3/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data27/03/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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