Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/9/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL

Martes 20 de setiembre de 2005
ANEXO

DECRETOS

S.A.F. N 140 - Dcción. Gral. de Adm. - Subsec. Des. Social y Asuntos Municipales
DECRETO N 348
La Rioja, 09 de marzo de 2005

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícase el importe establecido en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos de la Administración Pública Provincial, de acuerdo al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Presupuesto N 7.785, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente Modificación Presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establece el Artículo 7
de la Ley de Presupuesto N 7.785.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.

Sbconc.

2

1

99

0

560

Dismin.

Conc.

17

Increm.

Clase
4

FF

Tipo
140

CED

Sbjur.

10

TOTAL
GENERAL

60.000
60.000

10 4
10 4

40
40

20 0
20 0

0
0

0
0

0
0

1401
1401

560 5 1
3 0
560 5
1 7
0 TOTAL GENERAL

Dismin.

Increm.

SP.

PA.

P.

I.

F.F.

U.G.

OB.

AC.

PY.

SP.

PG.

Sbjur.

S.A.F.

Orden 1
1

Jur.

GASTOS

Considerando:
Que la suma de $ 60.000, según lo dispuesto en el Artículo 2 y Anexo de la Resolución N 323 de la Secretaría de Deporte se destinará a cubrir los gastos que demanden los proyectos de Promoción de Actividades Físicas y Deportivas y Proyecto Material Deportivo.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N
7.785 faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la citada ley.
Que la adecuación presupuestaria correspondiente, responde a lo dispuesto por el Decreto de Distribución N
02/05, Reglamentario de la Ley N 7.785.
Por ello, y lo establecido por los Artículos 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial,
S.A.F.

Visto: el Expediente Código H1 N 00092-2-Año 2005, mediante los cuales la Dirección General de Administración de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales -S.A.F. N 140, tramita la incorporación de recursos provenientes de la Secretaría de Deporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación al presupuesto de la Administración Pública Provincial Ley N 7.785; y,
Jur.

RECURSOS

40.200,00
19.800,00
60.000,00

DECRETO N 469
La Rioja, 08 de abril de 2005
Visto: los Expedientes Códigos D23 N 00091-0-Año 2005, mediante el cual la Dirección General de Administración de la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales solicita la incorporación de Recursos al Presupuesto de la Administración Pública Provincial - Ley N 7.785, provenientes de la Secretaría de Minería de la Nación, por la suma de $
220.000,00; y, Considerando:
Que el total de los recursos que se pretende incorporar es la suma de $ 75.000,00 correspondiente al Saldo de Caja y Banco, que ingresaron a la Cuenta Corriente N 10-100.146/2
con fecha 01/09/04, conforme lo obrado a fs. 09 de autos y Anexo a fs. 05 de la Resolución N 58 de fecha 19/07/04 de la Secretaría de Minería de la Nación.
Que de acuerdo a lo expuesto en considerando precedente, es intención de esta Función Ejecutiva acceder a lo solicitado.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785, faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la presente ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud a lo dispuesto por el Decreto de Distribución N
02/05, Reglamentario de la Ley N 7.785.
Por ello, y lo establecido por los Artículos 6 de la Ley de Presupuesto N 7.785 y 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/9/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data20/09/2005

Conteggio pagine22

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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