Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 11/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2262 - 11/08/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Poder Ejecutivo C.A.P.E., en concepto de indemnización prevista por el Art. 14 inc. 2 apartado a de la Ley Nº 24.557. Remítanse las actuaciones administrativas una vez percibido el pago, a la Dción.
Pcial. de Liquidación de Haberes de la Secretaría de Capital Humanos y Organización a los fines que efectúe el cálculo de los intereses adeudados. Planilla para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.
Resol. Minist. HP. Nº 25 03-03-2020 Hacienda Pública Ordénase el pago de la suma de $ 48.094,60, correspondiente a la Planilla de Liquidación de Intereses por mora en el pago de la indemnización por accidente de trabajo sufrido por la Sra. Francisca Alejandra Rodríguez, CUIL. 27-23309217-2, en concepto de indemnización prevista por el Art. 6 de la Resol. SRT.
Nº 287/01. Planilla para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.
Resol. Minist. HP. Nº 26 03-03-2020 Hacienda Pública Ordénase el pago de la suma de $ 139.454,70, correspondiente a la Planilla de Liquidación de Intereses por mora en el pago de la indemnización por accidente de trabajo sufrido por la Sra. Stella Maris del Carmen Wierna, CUIL. 23-26492799-4, en concepto de indemnización prevista por el Art. 6 de la Resol. SRT.
Nº 287/01. Planilla para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.
Resol. Minist. HP. Nº 27 03-03-2020 Hacienda Pública Desígnase responsable del manejo de la Caja Chica creada por la Resol. Minist. HF. Nº 292/14, a la Subsecretaria de Presupuesto, CPN. Graciela del Carmen Moreno, DNI. Nº 14.602.282, a partir del 09DIC19 y amplíase a la suma de $ 20.000,00 el monto establecido para la misma, constituida en la Subsec. de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas Públicas. Déjase sin efecto la Resol. HF. Nº 002/18, a partir de la fecha mencionada.
Resol. Minist. HP. Nº 28 03-03-2020 Hacienda Pública Desígnase responsable del manejo de la Caja Chica creada por la Resol. Minist. HF. Nº 572/12, a la Tesorera General de la Provincia, CPN. Carla Marina Ogas, DNI. Nº 24.605.247, a partir del 09DIC19 y amplíase a la suma de $ 20.000,00 el monto establecido para la misma creada por Resol. Minist. HF. Nº 292/14,
Núm. 64

constituida en la Tesorería Gral. de la Provincia de este Ministerio. Déjase sin efecto la Resol. HF. Nº 049/18, a partir de la fecha mencionada.
Resol. Minist. HP. Nº 29 03-03-2020 Hacienda Pública Ordénase el pago de la suma de $ 39.634,10, correspondiente a la Planilla de Liquidación por el siniestro sufrido por el agente Carlos César Carrizo, CUIL. 20-25938634-5, de la Jefatura Gral. de la Policía de la Provincia, en concepto de indemnización prevista por el Art. 14 inc. 2 apartado a de la Ley Nº 24.557.
Remítanse las actuaciones administrativas una vez percibido el pago, a la Dción. Pcial. de Liquidación de Haberes de la Secretaría de Capital Humanos y Organización a los fines que efectúe el cálculo de los intereses adeudados. Planilla para consulta en Dpto.
Archivo de esta Dirección.
Resol. Minist. HP. P Nº 30 04-03-2020
Hacienda Pública Modifícase el Cálculo de Recursos y los créditos presupuestarios especificados en las planillas incluidas en el Art. 5º del Dcto. Acdo. Nº 83/20, mediante el cual el Mtrio. de Vivienda y Urbanización, solicita incremento de partidas presupuestarias y su asignación a través de Contribuciones Figurativas, como así también incremento del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica Solicitud de Modificación Presupuestaria Nº 96, generada en Sistema e-Sidif, para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.
Resol. Minist. HP. Nº 31 05-03-2020 Hacienda Pública Ordénase el pago de la suma de $ 3.495.396,61, a favor del Sr. Víctor Rubén Acosta, DNI. Nº 12.899.180, en su calidad de derechohabiente conforme Art. 18º de la Ley Nº 24.557, correspondiente a la Planilla de Liquidación por el accidente de trabajo sufrido por la Sra. Eusebia Rebeca Pachado, CUIL. 27-13494226-1, en el carácter de agente de la Escuela Provincial Nº 89, localidad de Villa Vil, Dpto. Belén, en concepto de indemnización prevista por el Art. 14 inc. 2 apartado a de la Ley mencionada. Remítanse las actuaciones administrativas una vez percibido el pago, a la Dción.
Pcial. de Liquidación de Haberes de la Secretaría de Capital Humanos y Organización a los fines que efectúe el cálculo de los intereses adeudados. Planilla para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 11/8/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data11/08/2020

Conteggio pagine36

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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