Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 31/3/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 26 - 31/03/2017

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

150733473409. El Haber Testigo del Art. 21º, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/
11, se proporcionará en: Director Provincial, Indice 1.20 1453 días, del Mtrio. de Desarrollo Social, Diputado Provincial 1460 días, del Poder Legislativo y Supervisor, Indice 0.40, de la Subsec.
de Acción Social 687 días. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Pcia. de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 7 16 26-05-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de MAR16, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 29º inc. a, Anexo I del Dcto. Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Francisca Mirtha Verón, DNI. Nº 14.899.152, Beneficio ANSES 15538245970, en la proporción del 55,56%
y Marilu Anahí Aybar, DNI. Nº 43.208.665, Beneficio ANSES 15538245971, 22,22% hasta 14/
05/19, fecha en que alcance su mayoría de edad. El Haber Testigo del Art. 21º, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en:
Categ. 22, de la Municipalidad de Saujil, con una antigedad de 26 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Pcia. de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 7 17 26-05-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Ratifícase la carga aprobada por Resol. AGAP. 686/12. Acuérdase, a partir de SEP12, el Beneficio de Asignación
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Complementaria Previsional, conforme Arts. 24º y 31º, Anexo I, del Dcto. Acdo. Nº 127/11, al Sr.
Antonio Demetrio Gómez, DNI. Nº 8.040.877, Beneficio ANSES 150533723705. El Haber Testigo del Art. 21º del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Categ.
12, de la Municipalidad de Huillapima, Pcia. de Catamarca, con una antigedad de 11 años.
Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la rehabilitación de la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Pcia. de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 7 18 26-05-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Rectifícase el Art. 1º de la Resol AGAP. Nº 098/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º: Acordar, a partir del período SEPTIEMBRE 2011, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme artículo 24 y 29 in. B del Anexo I, del Decreto Acuerdo Nº 127/2011, a la Sra. FUNES, Susana del Valle, D.N.I. Nº 11.983.919, Beneficio ANSES
15086650120. Procédase a través de la Dción.
Pcial. de Beneficios Previsionales a la modificación en el Sistema de Liquidación. En el caso que el beneficiario, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Pcia. de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 7 19 26-05-2016 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Recházase el Reclamo interpuesto por la Sra. María Martha Matienzo Landivar, DNI.
Nº 6.699.577, Beneficio ANSES 150624281803, contra Resol. AGAP. Nº 730/15 y ratifícase en todos sus términos la misma. En el caso que la Sra.
Matienzo Landivar, no estuviese de acuerdo con lo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 31/3/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data31/03/2017

Conteggio pagine11

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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