Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 4/3/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 19 - 04/03/2016

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

DECRETOS

Pág. 575

Acuerdo N 75/2007, en el cual implementó las reglas necesarias para la ejecución de las disposiciones previstas en la Ley N 5192 y la liquidación de la Asignación Complementaria Previsional.

AÑO 2015 - Segunda Numeración Decreto Acuerdo Nº 456
DISPONESE INCLUSION DE LOS
CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS YNO
BONIFICABLES CREADO POR LOS
DECRETOS ACUERDO Nº 852/15, Nº 853/15, Nº 854/15, Nº 912/15, Nº 1313/15 Y Nº 1546/15
San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Diciembre de 2015.
VISTO:
El expediente Letra A-33134/2015, por el cual la Administración General de Asuntos Previsionales, requiere la inclusión de distintos conceptos no remunerativos creados por los Decretos Acuerdos N
852/15, N 853/15, N 854/15, N 912/15, N 1313/15
y N 1546/15, dentro del haber testigo tomado como base de cálculo de la Asignación Complementaria Previsional instituida por la Ley N 5192 y el Decreto Acuerdo N 75/2001; y CONSIDERANDO:
Que con la sanción de la Ley 5192 se dispuso la creación de una asignación mensual, personal y complementaria, a favor de los jubilados y pensionados provinciales, cuyos beneficios jubilatorios hubieran sido devengados con anterioridad al 31 de Julio de 1995, e incluidos en el Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia, aprobado por Ley N 4785.
Que con la creación de la Asignación Complementaria Previsional, se aseguró a todos los pasivos transferidos a la órbita de la Nación, la percepción de un beneficio previsional equivalente al ochenta y dos por ciento 82%
móvil de los haberes que perciben los activos, conforme lo establecido por el Artículo 180 inc. 1º y 3 de la Constitución Provincial.
Que en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 149 inc. 3 de la Constitución Provincial y el Art. 7 de la Ley 5192 el Poder Ejecutivo Provincial dictó el Decreto
Que mediante el Dictado de los Decretos Acuerdo N 852/15, 853/15, 854/15, 912/15, 1313/15 y 1546/15, el Poder Ejecutivo Provincial procedió a la recomposición salarial del personal de la Administración Pública Provincial, otorgando distintos Complementos salariales de Carácter No Remunerativos y No bonificabíe, los cuales, por regla general, no forman parte del haber testigo ponderado para el cálculo de la Asignación Complementaria Previsional establecido por la Ley N 5192.
Que a fs. 27/27 vta., obra Dictamen D.A.J y T. N
2767/15 de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Técnicos de la Administración General de Asuntos Previsionales recomendando el dictado del Decreto Acuerdo.
Que a fs.33/34, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N 2235/2015, manifestando que no se formula objeción al Proyecto de Decreto adjunto, facultándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que estime necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el acto administrativo a emitir.
Que en uso de las atribuciones establecidas por el artículo 149 de la Constitución de la Provincia y artículos 25 y 27 del CPA Ley N 3559, corresponde el dictado del presente Decreto.
Por ello, LAGOBERNADORADE LAPROVINCIA
DE CATAMARCA
ENACUERDO DE MINISTROS
DECRETA
ARTICULO 1.- Dispónese la inclusión de los conceptos no remunerativos y no bonificables creados por los Decretos Acuerdo N 852/15, N 853/15, N
854/15, N 912/15, N 1313/15 y N 1546/15, el cálculo del haber testigo de la Asignación Complementaria Previsional -Ley 5192-, como así también por las normas emanadas de los Poderes Legislativo, Judicial y municipalidades dictadas en consecuencia y con el mismo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 4/3/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data04/03/2016

Conteggio pagine21

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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