Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 18/12/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 4062 18/12/2012

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

técnico evaluatorio de los resultados del programa, contemplado en el punto 7 del Programa, que deberá contener como m ínimo los da tos origina le s, resultados alcanzados, conclusiones parciales y/o finales. Podrá incorporar a este informe toda docum e nta c ión re s pa lda toria que cons ide re pe rtine nte . La e m pres a de be rá ge ne ra r un documento único de este programa identificado en forma independiente y mantenerlo actualizado para su correspondiente inspección y/o auditoría por parte de la Autoridad de Aplicación. El Programa aludido, que se aprueba, corresponde a la versión 01, revisión 00. Si el mismo se modificase más del 50% por sugerencias de partes Empresa o de la DiPGAM o por procesos de mejora continua, la empresa deberá presentar una nueva versión para su correspondiente aprobación por parte de la Autoridad de Aplicación. Establézcase que toda docum e nta c ión que pre s e nte la e m pre s a mencionada y que haga referencia a la presente resolución, lo deberá hacer ante la DiPGAM, en original más una copia en soporte magnético, el cual deberá contener la misma información e igual ordenamiento a semejanza del documento original.
La Autorida d de A plic ac ión a través de sus departamentos técnicos y/o de otros organismos provinciales y/o consultores, es la responsable de la fiscalización del programa y podrá en cualquier fase del mismo, indicar controles específicos y/o adicionales, de acuerdo al Anexo II de las Resols.
SEM. N 119/10 y N º 584/10, c ua ndo la s circunstancias así lo requieran.

Resol. S.E.M. N 43 01022012 Miner ía Apruébase el Programa de Control Ambiental, componente Transporte, subcomponente ácido clorhídrico, GNC, soda cáustica, combustible y otras sustancias, presentado por la empresa Minera del Altiplano SA. que se tramita mediante Expte.
E17779/11. Es res ponsa ble de l Progra m a mencionado, o quien en el futuro lo reemplace. La empresa Minera deberá presentar a partir de la fecha de notificación de la presente: a En un plazo de 60
días corridos, todos los antecedentes, válidos y confiables, que utilizarán como base y contribuirán a la evaluación periódica de los resultados del progra m a . b Bim e s tra lm e nte Inform e s c on registros del tipo 1 a2, según Resol. SEM. N 119/
10. En caso de producirse anomalías significativas,
Núm. 101

deberán remitirse los registros en forma inmediata.
Completar la información referida a Metodología, presentando copias de todos los procedimientos y registros listados en TRQDP002, como Anexo.
Incluir m e todología m ínim a de a ná lis is y evaluación de las acciones que se hubiesen generado ante contingencias y/o no conformidades, en el ítem Inform e s de Estudios de Monitore os . c
Anualmente, informe técnico evaluatorio de los resultados del programa, contemplando en el punto 7 del Programa, que deberán contener como mínimo los da tos origina les , re sultados a lc a nza dos , conclusiones parciales, y/o finales. Podrá incorporar a este informe toda documentación respaldatoria que considere pertinente. La empresa deberá generar un documento único de este programa identificado en forma independiente y mantenerlo actualizado para su correspondiente inspección y/o auditoría por parte de la Autoridad de Aplicación. El Programa aludido, que se aprueba, corresponde a la versión 01, revisión 00. Si el mismo se modificase más del 50% por sugerencia de partes Empresa o de la DiPGAM o por procesos de mejora continua, la empresa deberá presentar una nueva versión para su correspondiente aprobación por parte de la Autoridad de Aplicación. Establézcase que toda docum e nta c ión que pre s e nte la e m pre s a mencionada y que haga referencia a la presente resolución, lo deberá hacer ante la DiPGAM, en original mas una copia en soporte magnético, el cual deberá contener la misma información e igual ordenamiento a semejanza del documento original.
La Autorida d de A plic ac ión a través de sus departamentos técnicos y/o de otros organismos provinciales y/o consultores, es la responsable de la fiscalización del programa y podrá en cualquier fase del mismo, indicar controles específicos y/o adicionales, de acuerdo al Anexo II de las Resols.
SEM. N 119/10 y N º 584/10, c ua ndo la s circunstancias así lo requieran.

Resol. S.E.M. N 44 02022012 Miner ía Autorízase al Sr. Se rgio Marcelo Reynoso, Director Provincial de Minería, la realización de la comisión de servicio del 03 al 04/02/12, con motivo de inspección de Huella Minera Los Jumes, al Dpto. Tinogasta, con un viático de $ 300,00
combustible y mantenimiento de vehículo $ 875,00
imprevistos $ 500,00 total $ 1.675,00.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 18/12/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data18/12/2012

Conteggio pagine24

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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