Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 20/2/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 15 20/02/2009

BOLETIN OFICIAL Y J UDICIAL

LEYES
Ley Nº 5268 Decr eto Nº 93
CREASE EL COLEGIO PROFESIONAL DE
ENFERMERIA DE LA PROVINCIA

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIP UTADOS
DE LA P ROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON F UERZA DE
LEY:

CAPITULO I
DEL COLEGIO PROFESIONAL
ARTICULO 1º. Créase el Colegio Profesional de Enfermería de Catamarca, que funcionará en el ámbito del territorio provincial y se regirá por la presente Ley, el Estatuto y Reglamentos que en su consecuencia se dicten.
ARTICULO 2º. El Colegio Profesional de Enfermería funcionará con el carácter de Persona Jurídica de Derecho Público no estatal y tendrá su asiento en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.
ARTICULO 3º. Son funciones y atribuciones de l C ole gio Profe s iona l de Enferm e ría de Catamarca:
a Ejercer el gobierno y control de la Matrícula.
b Dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley, el Estatuto y los Re gla mentos dictados en su consecuencia.
c Velar por el cumplimiento de las normas de ética profesional y ejercer el poder disciplinario sobre los colegiados en el ejercicio profesional.
d Proteger y defender los derechos humanos de los colegiados y fomentar un justo acceso al trabajo sin discriminación alguna fundada en consideraciones de nacionalidad, sexo, religión, raza, edad, ideologías o condición social.
e Estimular y cultivar los vínculos del Colegio con entidades locales, provinciales, nacionales y extranjeras, gubernamentales y no gubernamen
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tales, científicas y/o culturales en acciones dirigidas a modificar tendencias y proyectar la profesión hacia áreas no tradicionales.
f Asumir la representación de los Colegiados ante las entidades y autoridades públicas y privadas.
g Bregar por el prestigio, independencia y respeto del trabajo profesional, así como promover y defender las condiciones laborales, sociales y económicas de los colegiados.
h Contribuir al mejoramiento del cuidado de la salud, asesorando a los poderes públicos y/o privados en a suntos de cualquier natura le za relacionados al ejercicio de la profesión y al estudio y s olución de los problem as de sa lud de la comunidad.
i Organizar y auspiciar actividades vinculadas con la enfermería o participar en ellas mediante representantes.
j Implementar estrategias de capacitación y actualización para el desarrollo técnico y cultural científico de los colegiados, tendiendo al desarrollo pleno de sus potencialidades y a optimizar el ejercicio de la profesión.
k D enunciar, a nte quie n corre sponda , el ejercicio ilegal de la Enfermería promoviendo las a cc ione s civiles y penales que por De re cho correspondan.
l Emitir opinión sobre los temas relacionados con la profesión.
ll Instituir Becas y Premios que favorezcan a sus matriculados.
m Establecer derechos de inscripción y cuotas periódicas para su sostenimiento económica y el logro de sus objetivos aportes que deberán ser abonados por sus matriculados en los plazos y modalidades que establezca la reglamentación.
n C e rtific a r la s firm a s y le galiz a r los dictámenes expedidos por matriculados y toda la documentación presentada por el Colegio.
ñ Adquirir, administrar, disponer, ceder, transferir y gravar bienes que integran el patrimonio de la Institución y se destinen al cumplimiento de los fines del Colegio.
o Aceptar donaciones, legados, subsidios y todo otro bien, derecho o ayuda que a título oneroso o gratuito se le pueda transferir o ceder.
p Resolver a requerimiento de los interesados en carácter de arbitro o mediador, las cuestiones

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 20/2/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaeseArgentina

Data20/02/2009

Conteggio pagine23

Numero di edizioni1388

Prima edizione01/12/2006

Ultima edizione23/04/2021

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