Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 3/7/2024
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1714 - Publicado el: 03/07/2024
D EC R ET O
Rosario, "Cuna de la Bandera"/
N 0813
02 ie julio ie 2024.-
VISTO
Las presentes actuaciones, Expte. Nro.14086/2024 I relacionadas con la Licitación Pública de Servicio de Comunicaciones Móviles para las dependencias de la Municipalidad de Rosario.
Y
CONSIDERANDO
Que por Decreto Nro. 1646/2021 de la Licitación pública que tramitara por Expte. Nro.
11
3366/2021 I resultó adjudicada la firma "AMX Argentina S.A. CUIT 30-66328849-7 para los ítems 1, 2 y 3 por el término de treinta y seis 36 meses desde el14/10/2021 all3/10/2024 por mejor precio.
Por lo que, siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones.
El INTENDENTE MUNICIPAl DECRETA
ARTICULO 10.- LlÁMESE a Licitación Pública, cuya apertura de sobres tendrá lugar el día
O5 AGO 2024
a las 10 hs. en la Jefatura de Gabinete de la Municipalidad de Rosario, Buenos
Aires N 711 Piso 1, para el Servicio de Comunicaciones Móviles para las dependencias de la Municipalidad de Rosario, según especificaciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares del Expte. 14086/2024 I que se aprueba por el presente. Presupuesto oficial de Pesos novecientos setenta y un millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil. $971.448.000,00.
ARTICULO 2.- FÍJESE en pesos cien mil $100.000,00 el valor del sellado municipal para la adquisición del Pliego respectivo y en pesos doscientos mil $200.000,00 el valor del sellado municipal para la presentación de impugnaciones.
ARTICULO 3.- El gasto relacionado con el cumplimiento del presente Decreto/ con ajuste a lo previsto en el artículo 55 de la Ordenanza de Contabilidad, deberá imputarse a la partida del presupuesto Nro.:
2 de 19