Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 27/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1326 - Publicado el: 27/01/2022

-- Que asimismo, la mayor concentración de siniestros fatais-e registra en zona urbana. Calles y avenidas concentran 46% del total de los siniestrQ4-L
fatales. El mayor número de víctimas se concentra en jóvenes de 15 a 34 años Y 6 de cada 1 O víctimas fatales corresponden a usuarios vulnerables de las vías, es decir, ocupantes de motos, peatones y ciclistas.
Que las estadísticas en seguridad vial son fundamentales para poder dimensionar la problemática, identificar los segmentos de mayor riesgo, analizar la evolución de las tendencias en el tiempo y construir políticas de protección y cuidado.
Que en Argentina rige la Tolerancia O al alcohol a la hora de conducir en las provincias de Córdoba, Salta, Tucumán, La Rioja, Neuquén, Entre Ríos, Chubut, Jujuy, Río Negro, Santa Cruz y en localidades como Moreno, General Pueyrredón, Ushuaia, Mar del Plata y en nuestra provincia, Santa Fe y Pueblo Esther. En nuestra región Brasil, Paraguay y Uruguay tienen "tolerancia O" a nivel nacional mientras que en el continente europeo corre en Hungría, Moldavia, Rumania, Eslovaquia, Ucrania y República Checa.
Que los siniestros viales son la primera causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 35 años y la conducción bajo los efectos del alcohol es uno de los factores determinantes más importantes.
Que el alcohol está presente en al menos 1 de cada 4 siniestros viales con fallecidos. Incluso desde la primera copa, ya afecta la aptitud para conducir: la percepción se distorsiona, se asumen riesgos aumentados y el auto se transforma en un arma. Por lo que los controles de alcoholemia se convierten en una política nodal para prevenir siniestros viales".
Es por lo expuesto que estas Comisiones elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA
Artículo 1 o.- Créase la Campaña permanente de concientización y sensibilización "Alcohol cero salva vidas" con el objetivo de difundir entre la población la importancia de conducir con responsabilidad, priorizando el respeto y cuidado de la vida.
Art. 2o .- El Departamento Ejecutivo Municipal en coordinación con la Agencia Provincial de Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe diseñarán el contenido de la campaña relacionado con el objeto de la presente.
Art. 3o .- Dicha campaña deberá incluir la difusión web y/o en redes sociales y además, se incluirá en unidades del Transporte Urbano de Pasajeros, ya sea en pantallas, si las tuviera, o afiches.
Art. 4 o.- El Departamento Ejecutivo Municipal evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1 o de la presente ordenanza, la realización de afiches para la colocación en la vía pública.
Art. 5.- El Departamento Ejecutivo Municipal evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1 o de la presente ordenanza, en spots televisivos y radiales.
Art. 6.- El Departamento Ejecutivo Municipal evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1 o de la presente ordenanza, en la prensa gráfica de nuestra ciudad.

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Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 27/1/2022

TitoloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaeseArgentina

Data27/01/2022

Conteggio pagine5

Numero di edizioni1223

Prima edizione10/10/2012

Ultima edizione26/07/2024

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