Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/6/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6902 - 28/06/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 204

Que las obras pertinentes a los fines de la regularización del inmueble deberán ser realizadas bajo la supervisión de un profesional matriculado, que tome a su cargo las tareas de restablecer las condiciones de seguridad de la edificación y toda su estructura, y hacia los habitantes de la propiedad y/o personas que circulan por el lugar;
Que la medida ha sido efectuada de conformidad con lo previsto por los Decretos Nº 1510/97 en su Artículo 12º y Decretos Nº 660/11 y 369/16, y el Artículo 5.2 del Código de Edificación; en consecuencia deviene necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS
DISPONE:
Artículo 1º.- Ratificar la clausura por motivos de seguridad estructural de la totalidad de la unidad funcional ubicada en el fondo del lote con acceso por el 46 al final del pasillo del inmueble ubicado en la calle Joaquín V. González Nº 44/46, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Déjese constancia que toda clausura implica el desalojo de los sectores clausurados debido al peligro de permanencia. En caso de negativa, el mismo deberá ser llevado a cabo por la fuerza pública.
Artículo 3º.- Intimar al/los Propietario/s del referido inmueble para que dentro del perentorio plazo de diez 10 días a partir de su notificación proceda/n a realizar las tareas necesarias a fin de restablecer las condiciones de seguridad para sus ocupantes y personas que circulan por el lugar.
Artículo 4º.- Previo a lo dispuesto en el Art. 2, y en el perentorio plazo de tres 3 días, deberá acreditarse ante esta Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias un plan de trabajo suscripto por profesional matriculado con encomienda profesional respectiva.
Artículo 5º.- Las obras para restablecer las condiciones de seguridad deberán ser realizadas bajo la dirección de un profesional, el cual deberá tomar a su cargo los trabajos para restablecer definitivamente el estado estructural y/o acciones de reconstrucción, las cuales deberán ser ejecutadas en forma inmediata y continua.
Artículo 6º.- Notificar al/los propietario/s, a la Subsecretaría de Emergencias, Direcciones Generales de Registro de Obras y Catastro, de Fiscalización y Control de Obras, a la Fiscalía General, Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Gómez Diz
BO-2024-6902-GCABA-DGCLE

Página 204 de 662

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/6/2024

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data28/06/2024

Conteggio pagine663

Numero di edizioni5641

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30