Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6756 - 27/11/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 451

Artículo 3.- Establecer que, por la Intimación dispuesta en el artículo 1º de la presente, el propietario deberá acreditar en debida forma, haber realizado la totalidad de las mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley N
11.843, acompañando a esta sede Comunal N 5, sita en Carlos Calvo N 3307/3325, los certificados expedidos por empresa debidamente registrada y autorizada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informando expresamente la metodología, tipo de sustancias, y cantidades utilizadas en dichas tareas. Asimismo, deberá presentar un plan de contingencias que asegure el mantenimiento en el tiempo de las mejoras implementadas, así como también, arbitrar todos los recaudos necesarios para que el inmueble se encuentre en óptimas condiciones de higiene y salubridad.
Artículo 4.- Notifíquese mediante cédula debidamente diligenciada, con copia de la presente al contribuyente Pinar Construcciones S.R.L. CUIT: 30-69940341-1 en el predio sito en Avda. Independencia 3749/61 y en el domicilio Fiscal de la Avda. García del Río 3031 CABA, citados en los considerandos. Artículo 5.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente de la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Perdomo Carricart
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 22.994.298/COMUNA5/23
Buenos Aires, 14 de junio de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N 1.777, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Ley N
2.148 textos consolidados por Ley N 6.588, los Decretos N 277/22 y N 465/22, la Resolución N 816-MAYEPGC/19, la Resolución firma Conjunta N 1-SECACGC/22, el expediente EX-2023-19724302-GCABA-DGCCT y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104, inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, en su artículo 127, define a las Comunas como unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial; Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N 1.777 texto consolidado por Ley N 6.588 es la norma orgánica de las comunas y las define como unidades de gestión política y administrativa descentralizada;
Que el artículo 11 de la Ley N 1.777 texto consolidado por Ley N 6.588 establece como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo

BO-2023-6756-GCABA-DGCLCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/11/2023

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data27/11/2023

Conteggio pagine733

Numero di edizioni5641

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/08/2024

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