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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/6/2023
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6644 - 21/06/2023
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 274
DISPOSICIÓN N.º 1153/DGIUR/23
Buenos Aires, 7 de junio de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2023-16451625-GCABA-SSGU, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localización de Usos en el inmueble sito en la calle Tres Sargentos N 443 PB-EP UF
N 01 Sección 003, Manzana 053, Parcela 017;
Que mediante la Ley N 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo, estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N 3.3 se consignan las Categorías, Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado por la Ley N 6.099;
Que obra agregado a estos actuados el Anexo de Autorización de Usos del Suelo como IF N 21897700/DGIUR/23, remitido por la Gerencia Operativa de Usos del Suelo, y en virtud de su análisis técnico, se considera factible la localización de Usos solicitada;
Que por último, se deja constancia que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga automática de 180 días contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que por lo todo lo expuesto, corresponde el dictar el acto administrativo que autorice los Usos del Suelo solicitados conforme el Anexo de Autorización de Usos del Suelo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Autorizase los Usos del Suelo conforme los términos enunciados en el Anexo de Autorización de Usos del Suelo que como Anexo I IF N
21897700/DGIUR/23 forma parte integrante de la presente Disposición.
BO-2023-6644-GCABA-DGCLCON
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