Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6626 - 22/05/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 446

Que por providencia PV-2022-13328672-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción a los artículos 9 inciso j y 12 de la Ley 941;
Que debidamente notificada, la sumariada solo se limitó a acompañar prueba documental;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le atribuyó a la administradora la presunta infracción al artículo 9 inciso j de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: j.
Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias conforme a los reglamentos de copropiedad, bajo pena de nulidad, especificando lugar, día, temario y horario de comienzo y finalización. En la misma se adjuntará copia del acta de la última asamblea realizada.
Que la precitada imputación tuvo lugar, toda vez que la administradora no habría procedido con las convocatorias a Asamblea de propietarios conforme lo dispuesto por la normativa bajo análisis. Ello así, a partir de los dichos de la denunciante y del correo electrónico remitido con fecha 26/10/2021, del que se desprendería que la denunciada no habría procedido con las correspondientes convocatorias a Asamblea de propietarios conforme las prescripciones que se desprenden del Reglamento de Copropiedad correspondiente al Consorcio involucrado en autos;
Que al momento de efectuar su descargo, la administradora se limitó a acompañar copia de la convocatoria de Asamblea Ordinaria de fecha 15/11/2021 y Copia del Acta de Asamblea de fecha 30/11/2021;
Que teniendo en cuenta el descargo formulado, y analizada que fuera la documentación obrante en autos, se advierten reclamos -no desconocidos por la sumariadatendientes a que se celebre la asamblea anual prevista en el Reglamento de Copropiedad del inmueble administrado, sin que la administradora acredite que la asamblea celebrada en fecha 30/11/2021 importara el cumplimiento de los plazos establecidos;
Que en tal sentido, debe tenerse presente que si bien la Disposición N 5313DGDYPC-2020 estableció en su artículo 1 de modo excepcional hasta el 31/03/2021
para que aquellos consorcios que no celebraron asambleas regularizaran su situación, no puede concluirse que con la Asamblea realizada el 30/11/2021 la requerida hubiera dado cabal cumplimiento con lo establecido por la normativa vigente; Por consiguiente, y no evidenciándose elemento probatorio alguno que permita suponer con la certeza necesaria que la administradora arbitró las medidas suficientes tendientes a dar cumplimiento al inciso que le fuera imputado de manera presuntiva, se colige que la misma no ha convocado a asamblea en los plazos establecidos, infringiendo así lo establecido por la normativa vigente en la materia;

BO-2023-6626-GCABA-DGCLCON

Página 446 de 712

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/5/2023

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data22/05/2023

Conteggio pagine713

Numero di edizioni5646

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione09/08/2024

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