Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6539 - 12/01/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 147

RESOLUCIÓN N.º 3654/MCGC/22
Buenos Aires, 13 de junio de 2022
VISTO: Los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N 214-MHFGC/22, la Resolución N 5269-MHFGC/21, el E.E. N 20931482-GCABADGFYEC/22, y CONSIDERANDO:
Que la señora Directora General de la Dirección General Festivales y Eventos Centrales del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio del año 2022;
Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el/la contratado/a, y la/lo considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;
Que conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;
Que se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N 214-MHFGC/22 y la Resolución N 5269MHFGC/21.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N 214-MHFGC/22 y la Resolución N 5269-MHFGC/21, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2022-21448089-GCABA-MCGC, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y Finanzas a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El/la contratado/a deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, casa matriz o sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4º.- El/la contratado/a se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2022.
Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Festivales y Eventos Centrales del Ministerio de Cultura y a la Dirección General de Contaduría del
BO-2023-6539-GCABA-DGCLCON

Página 147 de 483

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/1/2023

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data12/01/2023

Conteggio pagine484

Numero di edizioni5640

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione01/08/2024

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