Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6453 - 05/09/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 336

DISPOSICIÓN N.º 294/DGSPCB/22
Buenos Aires, 30 de agosto de 2022
VISTO: Las Leyes N 5688/16 B.O. N 5030, texto consolidado mediante Ley 6347 y N 6506/21 B.O. 6285, los Decretos N 446/06 y N 394/14, N 111-DGSSP/2003, Nº 132-DGSSP/2004, Nº 211- DGSSP/2005, Nº 291-DGSPR/2007, Nº 299-DGSPR/2007, Nº 244-DGSPR/2009, Nº 362-DGSPR/2011, Nº 450-DGSPR/2013, N 162DGSPR/2016, N 292-DGSPR/2018 y N 240-DGSPCB/2020 y la Carpeta E909587y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa SEGURIDAD GRUPO MAIPU S.A., CUIL N 30-69079256-3, con domicilio real y constituido en Av. Rivadavia Nº 7650, Piso 2º, Dpto. 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Disposición N 111-DGSPCB/2003;
Que vencido el plazo de su última habilitación en fecha 12/08/2022, la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 444, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuegoIncisos a, b y c;
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo establecen los artículos 446,447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso en los términos de los Art. 449, 463 y concordantes de la mencionada Ley, para el cargo de Director Técnico al Sr. Juárez, Nicolás Román, DNI N 22.509.292;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 173, Inciso 18, Ley 6506, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por el plazo de dos 2 años contados a partir del día de la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la habilitación concedida a la empresa SEGURIDAD GRUPO MAIPU S.A. , CUIL N 3069079256-3, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su artículo 444º, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b Los de custodia y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación y, c Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal .
BO-2022-6453-GCABA-DGCLCON

Página 336 de 735

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2022

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data05/09/2022

Conteggio pagine736

Numero di edizioni5637

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione29/07/2024

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