Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6310 - 02/02/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 286

Ministerio de Hacienda y Finanzas
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N 2489-GCABA-DGR/21
EX N.º 12.938.233-GCABA-DGR/21
La Dirección General de Rentas notifica al contribuyente INDIGO ARGENTINA S.R.L.
y a los Socios-Gerente de la firma, señor Jorge Ignacio Baxovanos, señor Antonio Distasi y señor Cristian Gastón Morales los términos de la Resolución N
2489-GCABA-DGR-2021, de fecha 30 de Diciembre de 2021, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Impugnar las Declaraciones Juradas presentadas por la contribuyente INDIGO ARGENTINA S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 902-302000-1 inscripta de oficio desde 01/12/2011, CUIT Nº 30-70991246-8, con domicilio fiscal en la calle Independencia N.º 727, perteneciente a la localidad y Partido de Zárate, Provincia de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Construcción, reforma y reparación de redes de electricidad, de gas, de agua, de telecomunicaciones, y de otros servicios
respecto de los períodos fiscales 2015 1 a 12 anticipos mensuales y 2016 1 a 11
anticipos mensuales.
Artículo 2.- Determinar de oficio sobre base cierta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente respecto de los períodos fiscales 2015 1 a 12 anticipos mensuales y 2016 1 a 11 anticipos mensuales, en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad "Construcción, reforma y reparación de redes de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones, y de otros servicios" debe tributar a la alícuota del 5% de conformidad al artículo 48 de la Ley Tarifaria para el año 2016 y concordante para el año 2015, por haber obtenido ingresos brutos en el ejercicio fiscal anterior superiores a $ 49.000.000.
Artículo 4.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $46.603,21 .- Pesos cuarenta y seis mil seiscientos tres con veintiún centavos equivalente al cien por ciento 100% del impuesto omitido $46.603,21 .- conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente a los Socios-Gerente de la firma, señor Jorge Ignacio Baxovanos, D.N.I. N 12.444.324 con domicilio en la calle 19 de Marzo N.º 2445, señor Antonio Distasi D.N.I N.º 16.092.194 con domicilio en la calle Julio A. Costa N.º 36 y señor Cristian Gastón Morales D.N.I. N.º 24.741.838 con
BO-2022-6310-GCABA-DGCLCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/2/2022

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data02/02/2022

Conteggio pagine304

Numero di edizioni5643

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione06/08/2024

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