Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6254 - 10/11/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 161

Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúnen los postulantes, y que los considera acorde a la jerarquía que se quiere dar al servicio;
Que, en este marco legal, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones personales y, existiendo crédito legal y suficiente para atender el gasto que por la presente tramita, corresponde emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N 6.292 y el Decreto N
224/13, sus modificatorios y Resoluciones reglamentarias, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorízase la contratación de las personas cuyos datos personales se consignan en el Anexo I IF-2021-09060680-GCABA-DGTALMC que forma parte integrante de la presente con el fin de prestar servicios para la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura, en el modo y forma que se detalla en citado anexo.
Artículo 2º.- Establécese que a los efectos de su cobro, mensualmente deberá constatarse la efectiva prestación del servicio.
Artículo 3º.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los contratos de locación de servicios mencionado en el Anexo I IF2021-09060680-GCABA-DGTALMC que se aprueba por el Artículo 1 de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo 4.- Las personas contratadas deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, casa matriz o sucursales, a fin que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes y se comprometerán a comunicar fehacientemente los datos de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5.- Delégase en la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio la suscripción de los contratos aludidos en el artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto vigente.
Artículo 7º.- Publiquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales dependiente de la Subsecretaría Gestión Cultural del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese.
Avogadro
ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 55/SSGCULT/21
Buenos Aires, 3 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N 6.292 t.c. por Ley N 6.347, el Decreto N 463-GCABA-AJG/19 y sus modificatorios, la Resolución N RESOL-2021-33-GCABA-SSGCULT
y el BO-2021-6254-GCABA-DGCLCON
Expediente Electrónico EX- 2021-20864830-GCABA-SSGCULT, y,
Página 161 de 640

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data10/11/2021

Conteggio pagine641

Numero di edizioni5641

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/08/2024

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