Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6106 - 22/04/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 195

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección del Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Humanos, a la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Subsecretaría de Capital Humano y a la Dirección General de Compensaciones. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos.
Cumplido, archívese. Nessi
DISPOSICIÓN N.º 110/SAISSP/21
Buenos Aires, 19 de abril de 2021
VISTO: La ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N 6.347 modificada por ley Nº 6.395, las Resoluciones N 63/SSPECT/19, N 121/ISSP/19, N 124/ISSP/19, Nº 61/ISSP/20, N 3.237/MEDGC/20, Nº 35/ISSP/21 y Nº 100/ISSP/21, el Expediente Electrónico N 11794957/SAISSP/21, y CONSIDERANDO:
Que la ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N 6.347 modificada por ley Nº 6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad;
Que el artículo 153 del citado cuerpo normativo establece que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se denominan Cadetes. Deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública. Los cadetes no tienen estado policial durante su formación inicial y son becarios;
Que de acuerdo al artículo 384 de la ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N
6.347 modificada por ley Nº 6.395, para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro oficial;

BO-2021-6106-GCABA-DGCLCON

Página 195 de 492

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/4/2021

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data22/04/2021

Conteggio pagine493

Numero di edizioni5636

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione26/07/2024

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