Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6076 - 11/03/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 200

Ministerio de Justicia y Seguridad
DISPOSICIÓN N.º 57/SAISSP/21
Buenos Aires, 8 de marzo de 2021
VISTO: La ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N 6.347 modificada por ley Nº 6.395, las Resoluciones N 63/SSPECT/19, N 121/ISSP/19, N 124/ISSP/19, Nº 151/ISSP/20, Nº 153/ISSP/20 y Nº 61/ISSP/20, el Expediente Electrónico N
7744738/SAISSP/21, y CONSIDERANDO:
Que la ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N 6.347 modificada por ley Nº 6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad;
Que el artículo 153 del citado cuerpo normativo establece que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad se denominan Cadetes. Deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública. Los cadetes no tienen estado policial durante su formación inicial y son becarios;
Que de acuerdo al artículo 384 de la ley Nº 5.688 texto consolidado según ley N
6.347 modificada por ley Nº 6.395, para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro oficial;
Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;
Que en consecuencia, se planteó la necesidad de que el Oficial de Policía de la Ciudad cuente con una formación inicial de nivel técnico superior. En ese contexto el Instituto Superior de Seguridad Pública desarrolló una propuesta curricular conforme lo trabajado por el Consejo Asesor Federal de Formación y Capacitación Policial, del cual
BO-2021-6076-GCABA-DGCLCON

Página 200 de 445

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2021

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data11/03/2021

Conteggio pagine446

Numero di edizioni5634

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione24/07/2024

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