Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2021

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6031 - 08/01/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 43

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
RESUELVE
Artículo 1.- Desígnase, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, con carácter transitorio, a las personas en los cargos detallados en el Anexo I registrado en SADE como IF-31445813-GCABA-ASINF-2020, dependientes del Organismo Fuera de Nivel Agencia de Sistemas de Información Ley Nº 2.689, bajo la órbita de la Secretaria Innovación y Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales, Técnica, Administrativa y Legal, de Seguridad Informática, de Infraestructura, de Integración de Sistemas y a la Coordinación General de Servicios de la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Calegari
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 119/SECDU/20
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2020
VISTO: Las Leyes Nros. 6.099 y su modificatoria y 6.292, los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 469/19 y 475//20, el Expediente Electrónico N 2020-30040550
GCABA-SECDU, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 6.099 y su modificatoria, se procedió a aprobar el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reemplazando al Código de Planeamiento Urbano;
Que los convenios urbanísticos son acuerdos celebrados por las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, o con particulares, que tienen por fin llevar a cabo los objetivos establecidos en el artículo 10.9. del Código Urbanístico;
Que por medio del Decreto N 475/20, se procedió a aprobar la reglamentación del artículo 10.9 del Código Urbanístico y se designó a la Secretaría de Desarrollo Urbano como su autoridad de aplicación;
Que, asimismo, por medio del mentado Decreto, se procedió a facultar a la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros u organismo que en el futuro lo reemplace, a aprobar la metodología de evaluación, así como dictar cualquier otra norma complementaria o aclaratoria en el marco de las mismas;
Que por la Ley N 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo BO-2021-6031-GCABA-DGCLCON
al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Página 43 de 299

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2021

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data08/01/2021

Conteggio pagine300

Numero di edizioni5628

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione16/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31