Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5983 - 23/10/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 333

Que para el emplazamiento del área gastronómica se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario;
Que por el Informe N IF-2020- 20781016-GCABA-DGCCT, ha tomado intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres DGCCT verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa vigente;
Que por Resolución N 2020-23739022-GCABA-COMUNA1, se otorgó un permiso para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera de la calle Constitución, para el local comercial sito en la calle Constitución N 1114 cuando debía decir Constitución N 1140;
Que, la Junta Comunal, tras analizar y deliberar la viabilidad del permiso solicitado, considera oportuno el otorgamiento del mismo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas, EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL N 1
RESUELVE:
Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución N 2020-23739022-GCABA-COMUNA1.
Artículo 2º.- Otórgase desde la suscripción de la presente y por el término de cinco 5
años al Sr. SEGUNDO LORENZO ZELAYA, CUIT N 20-25958486-9, el permiso de uso para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera de la calle Constitución, para el local comercial sito en la calle Constitución N 1140.
Artículo 3º.- Ordénase al permisionario respetar los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica: Dejar un corredor libre de por lo menos dos 2
metros de ancho, contados desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica. Dejar un espacio libre de 30 cm de ancho inmediatos al cordón de la acera. Extenderse dentro de los límites de la acera correspondientes al local habilitado. Evitar el área de seguridad de las esquinas.
Artículo 4º.- Notifíquese al Sr. SEGUNDO LORENZO ZELAYA que el presente permiso para área gastronómica solamente autoriza al emplazamiento de mesas y sillas, parasoles y pizarra menú, debiendo proceder, en su caso, al inmediato retiro de todo aquel elemento emplazado en contravención a la normativa vigente.
Artículo 5º.- Hágase saber al permisionario que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 6º.- Notifíquese al interesado. Comuníquese a la Dirección General Competencias Comunales y Talleres y a la Dirección General Fiscalización Urbana a los fines de que en el marco de su competencia disponga el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Una vez cumplido, archívese. Portela
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 25.058.999/COMUNA1/20
Buenos Aires, 16 de octubre de 2020
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N1.777, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Resoluciones N 816- MAYEPGC/19, N 205-GCABA-SECACGC/20, la Disposición N3500-DGOEP/16 y el Expediente Electrónico N 22427287-GCABA-DGCCT-20, y
BO-2020-5983-GCABA-DGCLCON

página 333 de 578

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2020

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data23/10/2020

Conteggio pagine579

Numero di edizioni5627

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione15/07/2024

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