Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/6/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5895 - 22/06/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 129

Punto 1- Incisos a y, b; y sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2- Incisos a, b y c;
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 450 punto 3, y 461 punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico al señor Gonzalo Federico Rodriguez Guzmán, DNI N 31.934.496, en los términos de los Art. 458, 444, y concordantes de la Ley Nº 5688;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 218.004, el cual posee vigencia hasta el día 01/06/2020, y que fuera expedido en Legajo Nº 9760122 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC; Dicho plazo fue prorrogado hasta el 30/06/2020 por DI-2020-3-APN-DNRYDANMaC, emitida por la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I
Artículo 177, Punto 18, de la Ley 6280, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la habilitación concedida a la empresa INVESTIGACIONES PRIVADAS VANGUARD
S.A. para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego Incisos: a Los de custodias personales, mercaderías en tránsito excepto el transporte de caudales regulado por la Ley Nacional Nº 19.130 y en depósitos, y, b Los de vigilancia privada en lugares fijos sin acceso al público y; Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego Incisos: a Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b Los de custodia y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación, y, c Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con 30 días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada y Custodia de Bienes la renovación otorgada por el presente Acto Administrativo.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, a la Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina y a la Policía de la Ciudad. Cumplido, archívese. Cocca
BO-2020-5895-GCABA-DGCCON

página 129 de 240

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/6/2020

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data22/06/2020

Conteggio pagine241

Numero di edizioni5620

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione03/07/2024

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