Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5833 - 26/03/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 162

DISPOSICIÓN N. 5187/DGDYPC/18
Buenos Aires, 16 de octubre de 2018
VISTO: El Expediente Electrónico N 19546007-MGEYA-DGDYPC-2018, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. MORONI, ALEJANDRA, DNI
N 16.584.085, contra SOTELO, ALFREDO ADOLFO, CUIT N 20-08104969-7, RPA
N 1232, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 9 de agosto de 2018
se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin acuerdo entre las partes;
Que por nota NO-2018-24027568-DGDYPC el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Sotelo, Alfredo Adolfo, se encuentra inscripto bajo la matrícula N 1232;
Que por providencia PV-2018-24804571-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso g de la Ley 941;
Que debidamente notificado, el sumariado presentó descargo y acompañó prueba documental;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta infracción al artículo 9 inciso g de la Ley 941, cuyo texto reza: "Artículo 9.Obligaciones del administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: g.
Denunciar ante el Gobierno de la Ciudad, toda situación antirreglamentaria y las obras ejecutadas en el edificio que administra sin el respectivo permiso de obra o sin aviso de obra, según corresponda conforme las normas vigentes
Que la citada imputación se basó en que el edificio en cuestión tendría construida obras antirreglamentarias de cerramientos en balcones perimetrales que dan a la vía pública, las cuales habrían sido verificadas e intimadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ya que habrían sido ejecutadas sin el permiso correspondiente, dejando constancia que estas modificaciones no se encontrarían en el Reglamento de Copropiedad, ni tampoco en los planos del edificio, ni habrían sido inscriptas en el Registro de la Propiedad, lo que afectaría la estructura del edificio, y modificaría el porcentual en la declaración de m2 cubiertos A.B.L.. Lo expuesto surgiría del informe de inspección de la Agencia Gubernamental de Control A.G.C., fotografías del frente del edificio, carta documento de fecha 18/06/2018 enviada por Alejandra M. Moroni a Alfredo Adolfo Sotelo, y nota de Horacio Cuturello de fecha 28/11/2017, dirigida al administrador;
Que por su parte, sostuvo el sumariado en su descargo que fue nombrado como administrador del edificio en cuestión con fecha 12/10/2017, y que las obras antirreglamentarias han sido ejecutadas con anterioridad a su designación, al igual que las inspecciones y verificaciones del GCBA. Asimismo sostuvo que: "la falta de denuncia que se me atribuye no puede constituirse en incumplimiento, toda vez que la
BO-2020-5833-GCABA-DGCCON

página 162 de 360

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data26/03/2020

Conteggio pagine367

Numero di edizioni5626

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione12/07/2024

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