Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5787 - 24/01/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 45

Que en relación a las normativas de circulación vehicular, se considera importante mantener la normativa relacionada con la circulación exclusiva de transporte público, no así la restricción de acceso al Área Ambiental Buenos Aires Centro, en la cual se pueden encontrar una gran cantidad de comercios y una baja actividad administrativa.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Permítase el estacionamiento general de vehículos en las arterias de la Ciudad donde se encuentre prohibido el estacionamiento, los días 24 y 31 de diciembre de 2019 en el horario de 7 a 21 horas.
Artículo 2º.- Permítase el ingreso durante las 24 horas al Área Ambiental Buenos Aires Centro, los días 24 y martes 31 de diciembre de 2019 en el horario 7 a 21 horas.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y notifíquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y a las Direcciones de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y de Concesiones y Permisos, a las empresas prestatarias del servicio de control del estacionamiento DAKOTA S.A. y BRD
S.A.I.C.F.I. para su conocimiento, y demás efectos. Galuzzi
RESOLUCIÓN N. 2/SSGMO/19
Buenos Aires, 26 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2148 texto consolidado según Ley Nº 6017, el Decreto N.º 498GCABA/19, el Expediente Nº EX-2019-28358276- -GCABA-DGDEI, y CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado, la empresa AUTOPISTAS URBANAS S.A.
AUSA solicita el permiso para la afectación al tránsito de la calle Paraguay, para la ejecución de trabajos en el puente Paraguay, referentes a la señalización del sistema ferroviario;
Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Resolución Nº 13-SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
BO-2020-5787-GCABA-DGCCON

página 45 de 468

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/1/2020

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data24/01/2020

Conteggio pagine469

Numero di edizioni5627

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione15/07/2024

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