Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5751 - 28/11/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 190

Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, acompaña la siguiente documentación en el orden 2: 1.- Póliza expedida por la Compañía La Caja de Ahorro y Seguros S.A.. 2.- Facturas. 3.- Denuncia. 4.- Título de propiedad del vehículo. 5.Fotografías;
Que, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral se expide -en el orden 6- informando que: se encontró un aviso S 00617729-19 con CARE 6322824 y CAME 24025, como así también un AP 140011445110 de la Empresa ANIVER S.A.;
Que, en el caso planteado, cabe resaltar que de las constancias reunidas se desprende que, en la fecha y zona denunciadas, la empresa ANIVER SA tenía permiso de apertura, razón por la cual sería responsable por los daños a terceros;
Que, la mencionada circunstancia surge del informe practicado por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral v. orden 6;
Que, por tal motivo resulta claro que, la empresa prestataria del servicio debió velar por el resguardo ante cualquier daño que eventualmente pudiera producirse, asumiendo por tanto la responsabilidad por todos los daños que en forma directa e indirecta causara a terceros y al G.C.B.A.;
Que, por lo expuesto, aún cuando el hecho denunciado efectivamente se hubiera producido la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires considera que esta Administración no debe asumir ningún tipo de responsabilidad por las consecuencias del hecho denunciado, motivo por el cual deberá rechazarse lo peticionado;
Que, asimismo, se le hará saber al peticionante que -si eventualmente se considera con derechopodrá enderezar su petición contra la empresa ANIVER S.A. y/o la aseguradora contratada al efecto;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1.- Rechazar la petición efectuada por el señor Germán Santiago Badino, con fundamento en lo expuesto.
Artículo 2.- Se deja constancia que el presente acto no agota la vía administrativa pudiendo interponer contra el mismo el recurso de reconsideración en el plazo de diez días hábiles a contar de la fecha de la notificación o el recurso jerárquico en forma directa, en el plazo de quince días hábiles conforme los art. 103, 108 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N1510-GCBA/97
BOCBA 310.
Artículo 3.- Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese por Cédula al interesado. Capelli
RESOLUCIÓN N. 377/SSMEP/19
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2019
VISTO: la Ley Nº 5.460 y su 15695757/GCABA-COMUNA15/19, y
Decreto
reglamentario

363/15,
E.E.

CONSIDERANDO:

BO-2019-5751-GCABA-DGCCON

página 190 de 586

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data28/11/2019

Conteggio pagine587

Numero di edizioni5641

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/08/2024

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