Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5709 - 27/09/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 131

Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía;
Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a Agustín Olivari. S.R.L., a afectar la Av. Díaz Vélez.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa Agustín Olivari. S.R.L. a realizar la afectación de dos carriles de mano izquierda de Av. Díaz Vélez frente N.º 3927 entre Francisco Acuña de Figueroa y Av. Medrano, sin afectar bocacalles, el sábado 31 de agosto de 2019 en el horario de 19:00 a 21:00, con motivo del izaje de bomba hidráulica, mediante grúa marca GROVE modelo 45279, de 25 toneladas.
Artículo 2º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos de las afectaciones tal como se indica en los croquis del presente expediente, debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual General de Señalización Vertical y en el Manual de Señalización Vial Transitoria , aprobados mediante Resolución Nº 13/SECTRANS/19 y su rectificatoria la Nº 30/SECTRANS/19 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace.
Artículo 3º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa.
Artículo 4º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales de Planificación de Intervención en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes del Control del Tránsito y Transporte y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, y de Limpieza; a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte.
Cumplido, archívese. Galuzzi
BO-2019-5709-GCABA-DGCCON

página 131 de 405

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/9/2019

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data27/09/2019

Conteggio pagine406

Numero di edizioni5620

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione03/07/2024

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